Las vidas de los doce césares · Suetonius
XXXVI. También hizo varias otras modificaciones en la gestión de
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asuntos públicos, entre los cuales se encontraban los siguientes: que los actos del senado no debían ser publicados; que los magistrados no debían ser enviados a las provincias inmediatamente después de la expiración de su cargo; que a los procónsules se les asignara una suma determinada del tesoro para mulas y tiendas de campaña, lo cual antes solía ser contratado por el gobierno con particulares; que la administración del tesoro fuera transferida de los cuestores urbanos a los pretores, o a quienes ya hubieran ejercido ese cargo; y que los decenviros convocaran al tribunal de los Cien, que anteriormente había sido reunido por quienes habían ocupado el cargo de cuestor.
XXXVII. Para aumentar el número de personas empleadas en la administración del Estado, ideó varios cargos nuevos; tales como supervisores de los edificios públicos, de los caminos, de los acueductos y del cauce del Tíber; para la distribución de grano al pueblo; la prefectura de la ciudad; un triunvirato para la elección de los senadores; y otro para la inspección de las distintas tropas del orden ecuestre, cada vez que fuera necesario. Restableció el cargo de censor, que había estado mucho tiempo en desuso, y aumentó el número de pretores. Asimismo, exigió que, siempre que se le concediera el consulado, tuviera dos colegas en lugar de uno; pero su propuesta fue rechazada, pues todos los senadores declararon por aclamación que ya rebajaba bastante su alta majestad al no ejercer el cargo en solitario y consentir compartirlo con otro.



