El libro de los mártires de Fox · John Foxe
Capítulo XVI.
Capítulo 29 de 36 · 26 min de lectura
EL SURGIMIENTO, PROGRESO, PERSECUCIONES Y SUFRIMIENTOS DE LOS CUÁQUEROS.
Al tratar de este pueblo de manera histórica, nos vemos obligados a recurrir a mucha delicadeza. No se puede negar que difieren de la mayoría de los protestantes en algunos de los puntos principales de la religión, y sin embargo, como disidentes protestantes, están incluidos bajo la descripción de la ley de tolerancia. No es nuestro cometido indagar si personas de sentimientos similares existieron en las edades primitivas del cristianismo: tal vez, en algunos aspectos, no fue así, pero debemos escribir sobre ellos no como lo que fueron, sino como lo que son ahora. Es cierto que han sido tratados por varios escritores de manera muy despectiva; que no merecían tal trato, es igualmente cierto.
La denominación de Cuáqueros les fue impuesta como término de reproche, debido a las aparentes convulsiones que padecían al pronunciar sus discursos, pues imaginaban que eran efecto de la inspiración divina.
No nos corresponde, en este momento, indagar si los sentimientos de este pueblo son acordes al evangelio, pero sí es cierto que el primer líder de ellos, como cuerpo separado, fue un hombre de origen humilde, que nació en Leicestershire, alrededor del año 1624. Al hablar de este hombre, expondremos nuestras propias opiniones de manera histórica, y uniéndolas a lo que han dicho los mismos Amigos, procuraremos ofrecer una narración completa.
Era descendiente de padres honestos y respetados, quienes lo criaron en la religión nacional: pero desde niño mostró ser religioso, tranquilo, serio y observador, más allá de su edad, y poseía un conocimiento poco común en las cosas divinas. Fue educado en las labores del campo y otros trabajos rurales, y tenía una inclinación particular por la ocupación solitaria de pastor; “un empleo”, dice nuestro autor, “que convenía muy bien a su mente en varios aspectos, tanto por su inocencia como por su soledad; y fue un justo emblema de su posterior ministerio y servicio.” En el año 1646, abandonó por completo la iglesia nacional, en cuyas doctrinas había sido criado, como se mencionó antes; y en 1647, viajó por Derbyshire y Nottinghamshire, sin un propósito fijo de visitar lugares en particular, sino que de manera solitaria recorrió varias ciudades y aldeas, adondequiera que su mente lo guiara. “Ayunaba mucho,” dice Sewell, “y caminaba a menudo por lugares apartados, sin otra compañía que su Biblia.” “Visitó a las personas más retiradas y religiosas de esas regiones,” dice Penn, “y había allí algunas, pocas si acaso, en esta nación, que esperaban la consolación de Israel día y noche; como Zacarías, Ana y Simeón, en tiempos antiguos.” A ellos fue enviado, y a ellos buscó en los condados vecinos, y entre ellos permaneció hasta que le llegó un ministerio más amplio. En ese tiempo enseñaba y era ejemplo de silencio, procurando apartarlos de los actos propios; testificaba y los dirigía hacia la luz de Cristo en su interior, animándolos a esperar con paciencia y a sentir el poder de esa luz moviéndose en sus corazones, para que su conocimiento y adoración de Dios se fundaran en el poder de una vida eterna que se hallaba en la luz, en la medida en que se obedecía su manifestación en el hombre: porque en la palabra estaba la vida, y esa vida es la luz de los hombres. Vida en la palabra, luz en los hombres; y vida en los hombres también, en la medida en que se obedece la luz; los hijos de la luz viven por la vida de la palabra, por la cual la palabra los engendra de nuevo para Dios, lo que es la generación y nuevo nacimiento, sin el cual no se puede entrar en el reino de Dios, y a lo que quienquiera que llegue es mayor que Juan: es decir, mayor que la dispensación de Juan, que no era la del reino, sino la consumación de la ley y el preludio de los tiempos del evangelio, el tiempo del reino. Así, varias reuniones comenzaron a formarse en esas regiones; y así se ocupó durante algunos años.
En el año 1652, “tuvo una visitación de la gran obra de Dios en la tierra, y del camino que debía seguir, en un ministerio público, para iniciarla.” Dirigió su rumbo hacia el norte, “y en cada lugar al que llegaba, si no antes de llegar, se le mostraba su ejercicio y servicio particular, de modo que el Señor era en verdad su guía.” Convirtió a gran número de personas a sus opiniones, y muchos hombres piadosos y de bien se unieron a su ministerio. Estos se sintieron especialmente llamados a visitar las asambleas públicas para reprender, reformar y exhortar; a veces en mercados, ferias, calles y junto a los caminos, “llamando a la gente al arrepentimiento y a volver al Señor, con el corazón y no solo con la boca; dirigiéndolos a la luz de Cristo en su interior, para ver, examinar y considerar sus caminos, y apartarse del mal y hacer el bien y la voluntad aceptable de Dios.”
No estuvieron exentos de oposición en la labor que creían que les había sido encomendada, siendo frecuentemente puestos en el cepo, apedreados, golpeados, azotados e incluso encarcelados, aunque, como observa nuestro autor, eran hombres honestos y de buena reputación, que habían dejado esposas, hijos, casas y tierras, para visitarlos con un llamado vivo al arrepentimiento. Pero estos métodos coercitivos más bien avivaron que disminuyeron su celo, y en esas regiones ganaron muchos prosélitos, entre ellos varios magistrados y otras personas de posición. Consideraban que el Señor les había prohibido quitarse el sombrero ante nadie, fuera alto o bajo, y les requería hablar a todos, sin distinción, usando el lenguaje de tú. Dudaban en desear a la gente buenos días o buenas noches, ni podían inclinar la rodilla ante nadie, ni siquiera ante la máxima autoridad. Hombres y mujeres vestían de manera sencilla y austera, diferente a la moda de la época. No daban ni aceptaban títulos de respeto u honor, ni llamaban a ningún hombre maestro en la tierra. Citaban varios textos bíblicos en defensa de estas particularidades; tales como: No juréis en ninguna manera. ¿Cómo podéis creer, vosotros que recibís honra unos de otros, y no buscáis la honra que viene solo de Dios?, etcétera. Fundamentaban la religión en una luz interior y un impulso extraordinario del Espíritu Santo.
En 1654, celebraron su primera reunión separada en Londres en la casa de Robert Dring, en Watling-street, pues para entonces ya se habían extendido por todo el reino, y en muchos lugares habían establecido reuniones o asambleas, especialmente en Lancashire y sus alrededores, pero aún estaban expuestos a grandes persecuciones y pruebas de todo tipo. Uno de ellos, en una carta al protector Oliver Cromwell, expone que, aunque no hay leyes penales vigentes que obliguen a los hombres a cumplir con la religión establecida, los cuáqueros son perseguidos por otras razones; son multados y encarcelados por negarse a prestar juramento; por no pagar los diezmos; por perturbar las asambleas públicas y reunirse en las calles y lugares públicos; algunos han sido azotados por vagabundos y por sus palabras directas a los magistrados.
Al amparo de la tolerancia de entonces, abrieron sus reuniones en el Bull and Mouth, en Aldersgate-street, donde tanto mujeres como hombres se sentían movidos a hablar. Su celo los llevó a ciertos excesos, que los expusieron aún más a las represalias de sus enemigos, quienes ejercieron diversas severidades sobre ellos durante el siguiente reinado. Tras la supresión de la insensata insurrección de Venner, el gobierno, habiendo publicado una proclama que prohibía a los anabaptistas, cuáqueros y hombres de la Quinta Monarquía reunirse o congregarse bajo pretexto de adorar a Dios, salvo en alguna iglesia parroquial, capilla o en casas privadas, con el consentimiento de sus habitantes, declarando ilegales y tumultuosas todas las reuniones en otros lugares, etcétera, los cuáqueros consideraron conveniente dirigirse al rey al respecto, lo cual hicieron en los siguientes términos:
“Oh rey Carlos:
“Nuestro deseo es que vivas para siempre en el temor de Dios, y tu consejo. Te suplicamos a ti y a tu consejo que lean estas líneas siguientes con entrañas tiernas y compasión por nuestras almas, y para su bien.
“Y consideren esto: somos cerca de cuatrocientos encarcelados, hombres y mujeres lejos de sus familias, solo en esta ciudad y sus alrededores; además, en las cárceles del condado, unos mil; deseamos que nuestras reuniones no sean disueltas, sino que todos tengan un juicio justo, para que nuestra inocencia quede demostrada.
“Londres, día 16, undécimo mes, 1660.”
El 28 de ese mismo mes, publicaron la declaración mencionada en su discurso, titulada: "Una declaración del pueblo inofensivo e inocente de Dios, llamados Cuáqueros, contra toda sedición, conspiradores y luchadores en el mundo, para eliminar el motivo de celos y sospechas, tanto de los magistrados como del pueblo del reino, en lo concerniente a guerras y combates." Fue presentada al rey el día 21 del undécimo mes de 1660, y él les prometió, bajo su palabra real, que no sufrirían por sus opiniones mientras vivieran pacíficamente; pero sus promesas fueron muy poco respetadas después.
En 1661, se atrevieron a solicitar a la Cámara de los Lores una tolerancia para su religión y una dispensa para no prestar juramento, lo cual consideraban ilícito, no por desafección al gobierno ni por creer que una afirmación los obligaba menos, sino por la convicción de que todo juramento era ilícito; y que jurar incluso en las ocasiones más solemnes estaba prohibido en el Nuevo Testamento. Su petición fue rechazada y, en lugar de concederles alivio, se promulgó una ley en su contra, cuyo preámbulo exponía: "Considerando que varias personas han adoptado la opinión de que un juramento, incluso ante un magistrado, es ilícito y contrario a la palabra de Dios; y considerando que, bajo el pretexto de culto religioso, dichas personas se reúnen en gran número en varias partes del reino, separándose del resto de los súbditos de Su Majestad y de las congregaciones públicas y lugares habituales de culto divino; se decreta, por tanto, que si alguna de estas personas, después del 24 de marzo de 1661-2, se niega a prestar juramento cuando legalmente se le exija, o persuade a otros a hacerlo, o sostiene por escrito o de otra manera la ilicitud de prestar juramento; o si se reúnen para el culto religioso en número de cinco o más, mayores de quince años, por la primera ofensa perderán cinco libras; por la segunda, diez libras; y por la tercera deberán abjurar el reino o ser transportados a las plantaciones: y los jueces de paz, en sus sesiones públicas, podrán escuchar y resolver finalmente el asunto."
Esta ley tuvo un efecto terrible sobre los Cuáqueros, aunque era bien sabido y notorio que estas personas de conciencia estaban lejos de la sedición o la desafección al gobierno. George Fox, en su discurso al rey, le informa que tres mil sesenta y ocho de sus amigos habían sido encarcelados desde la restauración de Su Majestad; que sus reuniones eran disueltas diariamente por hombres armados con garrotes y armas, y sus amigos arrojados al agua y pisoteados hasta que la sangre brotaba, lo que dio origen a sus reuniones en las calles. Se imprimió un relato, firmado por doce testigos, que dice que más de cuatro mil doscientos Cuáqueros fueron encarcelados; y de ellos, quinientos estaban en Londres y sus suburbios; varios de los cuales murieron en las cárceles.
Sin embargo, incluso se gloriaban en sus sufrimientos, que aumentaban cada día; de modo que en 1665 y los años intermedios, fueron hostigados como nunca antes. Como persistían resueltamente en reunirse abiertamente en el Bull and Mouth, mencionado anteriormente, los soldados y otros oficiales los arrastraban de allí a prisión, hasta que Newgate se llenó de ellos y multitudes murieron por el hacinamiento, tanto en esa como en otras cárceles.
Seiscientos de ellos, según un informe publicado en ese momento, estaban en prisión únicamente por motivos religiosos, de los cuales varios fueron desterrados a las plantaciones. En resumen, dice el Sr. Neale, los Cuáqueros dieron tanto trabajo a los informantes, que estos tuvieron menos tiempo para asistir a las reuniones de otros disidentes.
Sin embargo, bajo todas estas calamidades, se comportaron con paciencia y modestia hacia el gobierno, y con motivo de la conspiración de Rye-house en 1682, consideraron oportuno declarar su inocencia respecto a esa falsa conspiración, en un discurso al rey, donde, apelando al Escudriñador de todos los corazones, dicen que sus principios no les permiten tomar las armas ni siquiera en defensa propia, y mucho menos vengarse de las injurias recibidas de otros: que oran continuamente por la seguridad y preservación del rey; y por ello aprovechan la ocasión para suplicar humildemente a Su Majestad que compadezca a sus amigos sufrientes, con quienes las cárceles están tan llenas que les falta aire, con el evidente riesgo de sus vidas y el peligro de provocar infecciones en varios lugares. Además, muchas casas, tiendas, graneros y campos son saqueados, y los bienes, granos y ganado arrasados, desalentando el comercio y la agricultura, y empobreciendo a gran número de personas pacíficas e industriosas; y esto, por ninguna otra causa que el ejercicio de una conciencia delicada en el culto al Dios Todopoderoso, quien es soberano Señor y Rey de las conciencias de los hombres.
Con la ascensión de Jacobo II, se dirigieron a ese monarca con honestidad y franqueza, diciéndole: "Venimos a testificar nuestro dolor por la muerte de nuestro buen amigo Carlos y nuestra alegría por tu nombramiento como nuestro gobernador. Nos dicen que no eres de la persuasión de la iglesia de Inglaterra, al igual que nosotros; por lo tanto, esperamos que nos concedas la misma libertad que te permites a ti mismo, y deseándote toda clase de felicidad por ello."
Cuando Jacobo, mediante su poder de dispensa, concedió libertad a los disidentes, comenzaron a gozar de cierto descanso de sus tribulaciones; y en verdad ya era tiempo, pues estas habían alcanzado proporciones enormes. Ellos, el año anterior a este, que para ellos fue de feliz liberación, en una petición a Jacobo para el cese de sus sufrimientos, expusieron: "que últimamente más de mil quinientos de sus amigos, tanto hombres como mujeres, y que ahora quedan mil trescientos ochenta y tres; de los cuales doscientos son mujeres, muchas bajo sentencia de praemunire; y más de trescientos cerca de ello, por negarse a prestar el juramento de lealtad, porque no podían jurar. Trescientos cincuenta han muerto en prisión desde el año 1680; en Londres, la cárcel de Newgate ha estado abarrotada, en estos dos últimos años a veces con casi 20 en una habitación, por lo que varios han sido asfixiados, y otros, que han sido sacados enfermos, han muerto de fiebres malignas a los pocos días. Grandes violencias, angustias extremas y lamentables estragos y saqueos se han hecho sobre los bienes y propiedades de la gente, por una compañía de informantes ociosos, extravagantes y despiadados, por persecuciones bajo la ley de conventículos y otras, también por demandas qui tam y otros procesos, por veinte libras al mes, y dos tercios de sus bienes confiscados para el rey. Algunos no tenían ni una cama donde descansar, otros no tenían ganado para labrar la tierra, ni grano para sembrar o comer, ni herramientas para trabajar, los mencionados informantes y alguaciles en algunos lugares irrumpiendo en las casas y causando gran destrucción y saqueo, bajo el pretexto de servir al rey y a la iglesia. Nuestras asambleas religiosas han sido acusadas en derecho común de ser alborotadores y perturbadores de la paz pública, por lo cual gran número ha sido confinado en prisión sin importar la edad, y muchos encerrados en agujeros y calabozos. Las incautaciones por veinte libras al mes han sumado muchos miles, y varios que empleaban a cientos de pobres en manufacturas, ya no pueden hacerlo por causa de largas prisiones. No perdonan ni a viudas ni a huérfanos, ni siquiera tienen una cama donde acostarse. Los informantes son tanto testigos como acusadores, para la ruina de muchas familias honestas; y a los jueces de paz se les ha amenazado con la pérdida de cien libras si no emiten órdenes de arresto basadas en sus informes." Con esta petición presentaron una lista de sus amigos en prisión, en los distintos condados, que sumaba cuatrocientos sesenta.
Durante el reinado del rey Jacobo II, estas personas, gracias a la intercesión de su amigo el Sr. Penn, fueron tratadas con mayor indulgencia que nunca antes. Ahora eran sumamente numerosos en muchas partes del país, y con el establecimiento de Pensilvania poco después, muchos de ellos emigraron a América. Allí disfrutaron de las bendiciones de un gobierno pacífico y cultivaron las artes del trabajo honesto.
Como toda la colonia era propiedad del Sr. Penn, él invitó a personas de todas las denominaciones a establecerse con él. Se instauró una libertad universal de conciencia; y en esta nueva colonia, por primera vez, se establecieron los derechos naturales de la humanidad.
Estos Amigos son, en la actualidad, un grupo de personas muy inofensivo y pacífico; pero de ello hablaremos más adelante. Gracias a sus sabias regulaciones, no solo se honran a sí mismos, sino que prestan un gran servicio a la comunidad.
Es necesario observar aquí que, como los Amigos, comúnmente llamados Cuáqueros, no prestan juramento en los tribunales de justicia, se les permite su afirmación en todos los asuntos civiles; pero no pueden procesar a un criminal, porque en los tribunales ingleses toda declaración debe hacerse bajo juramento.
Relato de la persecución de los Amigos, comúnmente llamados Cuáqueros, en los Estados Unidos.
Hacia mediados del siglo XVII, se infligió mucha persecución y sufrimiento a una secta de disidentes protestantes, comúnmente llamados Cuáqueros: un pueblo que surgió en esa época en Inglaterra, algunos de los cuales sellaron su testimonio con su sangre.
Para obtener información sobre este pueblo, véase la historia de Sewell o de Gough sobre ellos.
Los principales puntos por los cuales su inconformidad de conciencia los hacía sujetos a las penas de la ley eran:
1. La resolución cristiana de reunirse públicamente para adorar a Dios, de la manera que más concordaba con sus conciencias.
2. Su negativa a pagar diezmos, los cuales consideraban una ceremonia judía, abrogada por la venida de Cristo.
3. Su testimonio en contra de las guerras y las luchas, práctica que juzgaban incompatible con el mandato de Cristo: "Amad a vuestros enemigos", etc. Mateo 5:44.
4. Su constante obediencia al mandato de Cristo: "No juréis en ninguna manera", etc. Mateo 5:34.
5. Su negativa a pagar tasas o contribuciones para la construcción y reparación de casas destinadas a un culto que no aprobaban.
6. Su uso del lenguaje correcto y bíblico, "tú" y "te", para dirigirse a una sola persona; y su rechazo a la costumbre de descubrirse la cabeza o quitarse el sombrero como señal de homenaje al hombre.
7. La necesidad que muchos sentían de publicar lo que creían ser la doctrina de la verdad; y a veces incluso en los lugares destinados al culto nacional público.
Su inconformidad de conciencia en los puntos anteriores los expuso a mucha persecución y sufrimiento, que consistieron en procesos judiciales, multas, crueles golpizas, azotes y otros castigos corporales; encarcelamiento, destierro e incluso la muerte.
Relatar un informe detallado de sus persecuciones y sufrimientos excedería los límites de esta obra; por lo tanto, remitimos para esa información a las historias ya mencionadas, y más particularmente a la Colección de sus sufrimientos de Besse; y aquí nos limitaremos principalmente a aquellos que sacrificaron sus vidas y demostraron, por su disposición de ánimo, constancia, paciencia y perseverancia fiel, que estaban guiados por un sentido de deber religioso.
Numerosas y repetidas fueron las persecuciones contra ellos; y a veces por transgresiones u ofensas que la ley no contemplaba ni abarcaba.
Muchas de las multas y penas que se les exigían no solo eran irrazonables y exorbitantes, sino que, como no podían pagarlas en conciencia, a veces se les confiscaban bienes por varias veces el valor de la demanda; por lo cual muchas familias pobres se vieron gravemente afligidas y obligadas a depender de la ayuda de sus amigos.
Muchos no solo fueron cruelmente golpeados y azotados en público, como criminales, sino que algunos fueron marcados y a otros les cortaron las orejas.
Gran número de ellos fue confinado por largo tiempo en prisiones inmundas; en las cuales algunos terminaron sus días a consecuencia de ello.
Muchos fueron sentenciados al destierro; y un número considerable fue deportado. Algunos fueron desterrados bajo pena de muerte; y cuatro fueron ejecutados por mano del verdugo, como aquí relataremos, después de insertar copias de algunas de las leyes del país donde sufrieron.
"En una Corte General celebrada en Boston, el 14 de octubre de 1656.
"Considerando que hay una secta maldita de herejes, que ha surgido recientemente en el mundo, comúnmente llamados Cuáqueros, quienes pretenden ser enviados inmediatamente por Dios, y asistidos infaliblemente por el Espíritu, para hablar y escribir opiniones blasfemas, despreciando el gobierno y el orden de Dios en la iglesia y en la comunidad, hablando mal de las dignidades, injuriando y vituperando a magistrados y ministros, buscando apartar al pueblo de la fe y ganar prosélitos para sus perniciosos caminos: esta corte, considerando lo anterior y para prevenir males semejantes, como los que por su medio se han producido en nuestra tierra, ordena y por la autoridad de esta corte se ordena y decreta, que cualquier capitán o comandante de cualquier barco, balandra, pinaza o pailebote, que de ahora en adelante traiga a cualquier puerto, ensenada o cala, dentro de esta jurisdicción, a cualquier Cuáquero o Cuáqueros, u otros herejes blasfemos, deberá pagar, o hacer que se pague, la multa de cien libras al tesorero del país, salvo que se demuestre que carecía de verdadero conocimiento o información de que fueran tales; y, en ese caso, podrá exonerarse bajo juramento, cuando falte prueba suficiente en contrario: y, en caso de no pagar debidamente, o no dar buena garantía de ello, será encarcelado y permanecerá allí hasta que dicha suma sea satisfecha al tesorero como se indicó. Y el comandante de cualquier pailebote, barco o nave, legalmente condenado, deberá dar suficiente garantía al gobernador, o a uno o más de los magistrados, quienes tienen poder para determinar el caso, de que los llevará de regreso al lugar de donde los trajo; y, si se niega a hacerlo, el gobernador o uno o más de los magistrados están facultados para expedir orden de arresto y encarcelar a dicho capitán o comandante, quien permanecerá allí hasta que dé suficiente garantía a satisfacción del gobernador o de cualquiera de los magistrados, como se indicó. Y se ordena y decreta además, que cualquier Cuáquero que llegue a este país desde el extranjero, o que entre en esta jurisdicción desde cualquier parte adyacente, será inmediatamente enviado a la casa de corrección; y, al ingresar, será severamente azotado, y el encargado lo mantendrá constantemente trabajando, sin que nadie pueda conversar o hablar con ellos durante el tiempo de su encarcelamiento, el cual no será mayor que el estrictamente necesario. Y se ordena que si alguna persona introduce a sabiendas en cualquier puerto de esta jurisdicción libros o escritos de los Cuáqueros, relativos a sus opiniones diabólicas, deberá pagar por cada libro o escrito, debidamente probado en su contra, la suma de cinco libras; y quienquiera que distribuya u oculte cualquier libro o escrito de tal índole, y se le encuentre en su poder o en su casa y no lo entregue inmediatamente al magistrado más cercano, perderá o pagará cinco libras por distribuir u ocultar cualquier libro o escrito de ese tipo. Y se decreta además que si alguna persona dentro de esta colonia defiende las opiniones heréticas de los Cuáqueros, o cualquiera de sus libros o papeles, será multada la primera vez con cuarenta chelines; si persiste y lo defiende nuevamente una segunda vez, con cuatro libras; y si, no obstante, vuelve a defender y sostener las opiniones heréticas de los Cuáqueros, será enviada a la casa de corrección hasta que haya oportunidad de enviarla fuera del país, siendo sentenciada por la corte de Asistentes al destierro. Por último, se ordena que cualquier persona que injurie a los magistrados o ministros, como es habitual entre los Cuáqueros, será severamente azotada o pagará la suma de cinco libras.
"Esta es una copia fiel de la orden de la corte, según certifica
"EDWARD RAWSON, Secretario."
"En una Corte General celebrada en Boston, el 14 de octubre de 1657.
Como complemento a la reciente orden, en referencia a la llegada o introducción de cualquiera de la maldita secta de los cuáqueros en esta jurisdicción, se ordena que quienquiera que, de ahora en adelante, traiga o haga traer, directa o indirectamente, a cualquier cuáquero o cuáqueros conocidos, u otros herejes blasfemos, a esta jurisdicción, toda persona así incurrirá en la pérdida de la suma de cien libras a favor del país, y será, por orden de cualquier magistrado, encarcelada, permaneciendo allí hasta que la multa sea satisfecha y pagada; y si alguna persona o personas dentro de esta jurisdicción, de ahora en adelante, hospedan u oculten a cualquier cuáquero o cuáqueros, u otros herejes blasfemos, sabiendo que lo son, toda persona así incurrirá en la pérdida de cuarenta chelines por cada hora de hospedaje y ocultamiento de cualquier cuáquero o cuáqueros, etc., como se ha dicho, y será encarcelada como se ha indicado, hasta que la multa sea completamente satisfecha y pagada. Y se ordena además, que si algún cuáquero o cuáqueros se atreven, después de haber sufrido lo que la ley exige, a entrar en esta jurisdicción, todo cuáquero varón, por la primera ofensa, perderá una de sus orejas, y será obligado a trabajar en la casa de corrección, hasta que pueda ser enviado fuera a su propio costo; y por la segunda ofensa, perderá la otra oreja; y toda mujer cuáquera que haya sufrido la ley aquí, que se atreva a entrar en esta jurisdicción, será severamente azotada, y mantenida en la casa de corrección trabajando, hasta que sea enviada fuera a su propio costo, y si vuelve a entrar, será tratada de igual manera como se ha dicho. Y por cada cuáquero, hombre o mujer, que por tercera vez reincida en esto, se le perforará la lengua con un hierro candente, y será mantenido en la casa de corrección trabajando, hasta que sea enviado fuera a su propio costo. Y se ordena además, que todos y cada uno de los cuáqueros surgidos entre nosotros, serán tratados y sufrirán el mismo castigo que la ley dispone contra los cuáqueros extranjeros.
EDWARD RAWSON, Secretario.
Una ley promulgada en una Corte General, celebrada en Boston, el 20 de octubre de 1658.
Considerando que existe una secta perniciosa, comúnmente llamada cuáqueros, surgida recientemente, quienes por palabra y escrito han publicado y sostenido muchos dogmas peligrosos y horribles, y se han arrogado el derecho de cambiar y alterar las costumbres loables recibidas de nuestra nación, en cuanto al respeto civil entre iguales o la reverencia a los superiores; cuyas acciones tienden a socavar el gobierno civil, y también a destruir el orden de las iglesias, negando todas las formas establecidas de culto, y apartándose de la comunión eclesiástica ordenada, permitida y aprobada por todos los profesores ortodoxos de la verdad, y en su lugar, y en oposición a ello, reuniéndose frecuentemente por sí mismos, insinuándose en las mentes de los sencillos, o de aquellos al menos inclinados al orden y gobierno de la iglesia y la comunidad, por lo cual varios de nuestros habitantes han sido contagiados, a pesar de todas las leyes anteriores, dictadas por la experiencia de sus arrogantes y audaces intentos de diseminar sus principios entre nosotros, prohibiendo su ingreso a esta jurisdicción, no se han visto disuadidos de sus impíos intentos de socavar nuestra paz y poner en peligro nuestra ruina.
Para prevenirlo, este tribunal ordena y decreta que cualquier persona o personas, de la maldita secta de los cuáqueros, que no sea habitante de, pero sea hallada dentro de esta jurisdicción, será aprehendida sin orden judicial, cuando no haya magistrado presente, por cualquier comisionado, alguacil o regidor, y conducida de alguacil en alguacil, hasta el magistrado más cercano, quien enviará a dicha persona a prisión incomunicada, donde permanecerá (sin derecho a fianza) hasta la próxima corte de Asistentes, donde tendrá un juicio legal. Y si se le condena por pertenecer a la secta de los cuáqueros, será sentenciada al destierro, bajo pena de muerte. Y que todo habitante de esta jurisdicción, condenado por pertenecer a la mencionada secta, ya sea por adoptar, publicar o defender las horribles opiniones de los cuáqueros, o por incitar a motín, sedición o rebelión contra el gobierno, o por adoptar sus prácticas abusivas y destructivas, a saber, negar el respeto civil a iguales y superiores, y apartarse de las asambleas eclesiásticas; y en su lugar, frecuentar reuniones propias, en oposición a nuestro orden eclesiástico; adherirse o aprobar a cualquier cuáquero conocido, y los dogmas y prácticas de los cuáqueros, contrarios a las opiniones ortodoxas recibidas por los piadosos; y procurar indisponer a otros contra el gobierno civil y el orden eclesiástico, o condenar la práctica y procedimientos de este tribunal contra los cuáqueros, manifestando así su complicidad con aquellos cuyo propósito es derrocar el orden establecido en iglesia y estado: toda persona así, al ser condenada ante dicha corte de Asistentes, en la forma antes mencionada, será enviada a prisión incomunicada por un mes, y luego, a menos que decida voluntariamente abandonar esta jurisdicción, deberá dar fianza por su buena conducta y presentarse ante la próxima corte, donde, si persiste en su obstinación y se niega a retractarse y reformar las opiniones antes mencionadas, será sentenciada al destierro, bajo pena de muerte. Y cualquier magistrado, al recibir información sobre alguna de estas personas, podrá ordenar su aprehensión y enviarla a prisión, según su criterio, hasta que sea juzgada como se ha dicho.
Parece que también se promulgaron leyes en ambas colonias entonces existentes de New-Plymouth y New-Haven, así como en el asentamiento holandés de New-Amsterdam, hoy Nueva York, prohibiendo a las personas llamadas cuáqueros ingresar a esos lugares, bajo severas penas; como consecuencia de ello, algunos sufrieron considerables padecimientos.
Los dos primeros que fueron ejecutados fueron William Robinson, comerciante de Londres, y Marmaduke Stevenson, campesino de Yorkshire. Estos, al llegar a Boston a principios de septiembre, fueron citados por la corte de Asistentes y allí sentenciados al destierro, bajo pena de muerte. Esta sentencia también fue dictada contra Mary Dyar, mencionada más adelante, y Nicholas Davis, quienes también se encontraban en Boston. Pero William Robinson, al ser considerado un maestro, fue además condenado a ser severamente azotado; y se ordenó al alguacil que buscara a un hombre capaz para hacerlo. Luego, Robinson fue llevado a la calle y despojado de sus ropas; y, tras ponerle las manos a través de los agujeros del soporte de un gran cañón, donde el carcelero lo sujetó, el verdugo le dio veinte latigazos con un látigo de triple cuerda. Después, él y los otros prisioneros fueron liberados poco después y desterrados, como se desprende de la siguiente orden:
Por la presente se les requiere que, de inmediato, pongan en libertad a William Robinson, Marmaduke Stevenson, Mary Dyar y Nicholas Davis, quienes, por orden de la corte y el consejo, habían sido encarcelados, porque por su propia confesión, palabras y acciones, se comprobó que son cuáqueros: por lo tanto, se dictó sentencia contra ellos para que abandonaran esta jurisdicción, bajo pena de muerte; y que deberán responder por ello bajo su propio riesgo, si ellos, o cualquiera de ellos, después del 14 de este mes de septiembre, son hallados dentro de esta jurisdicción, o en cualquier parte de la misma.
EDWARD RAWSON
Boston, 12 de septiembre de 1659.
Aunque Mary Dyar y Nicholas Davis abandonaron esa jurisdicción por ese momento, Robinson y Stevenson, aunque salieron de la ciudad de Boston, aún no podían decidirse (al no sentirse libres de espíritu) a abandonar esa jurisdicción, aunque sus vidas estuvieran en peligro. Así que se dirigieron a Salem y a algunos lugares cercanos, para visitar y fortalecer a sus amigos en la fe. Pero no pasó mucho tiempo antes de que fueran capturados y nuevamente encarcelados en Boston, con cadenas aseguradas a sus piernas. Al mes siguiente, Mary Dyar también regresó. Y mientras estaba frente a la prisión, conversando con un tal Christopher Holden, quien había ido allí para averiguar sobre un barco con destino a Inglaterra, adonde pensaba ir, ella también fue detenida. Así, ahora tenían a tres personas que, según su ley, habían perdido el derecho a la vida. Y el 20 de octubre, estos tres fueron llevados ante el tribunal, donde estaban reunidos John Endicot y otros. Al ser llamados al estrado, Endicot ordenó al guardia que les quitara los sombreros; y luego dijo que habían promulgado varias leyes para mantener alejados a los cuáqueros, y que ni los azotes, ni el encarcelamiento, ni el corte de orejas, ni el destierro bajo pena de muerte, lograban mantenerlos alejados. Además, dijo que él o ellos no deseaban la muerte de ninguno de ellos. Sin embargo, sus siguientes palabras, sin más preámbulo, fueron: "Escuchen y presten atención a su sentencia de muerte". También se dictó sentencia de muerte contra Marmaduke Stevenson, Mary Dyar y William Edrid. Varios otros fueron encarcelados, azotados y multados. No tenemos intención de justificar a los Peregrinos por estos actos, pero creemos que, considerando las circunstancias de la época en que vivieron, su conducta admite mucha atenuación. Las siguientes observaciones del señor Hawes, en su homenaje a la memoria de los Peregrinos, merecen una seria consideración.
"Se alega que promulgaron leyes que oprimían a otras denominaciones y, además, que realmente fueron culpables de persecución. Esto, en verdad, es una acusación seria y, en cierta medida, debe admitirse como cierta. Y sin embargo, quien examine con imparcialidad los hechos del caso, encontrará abundantes pruebas de que nuestros antepasados, en este aspecto, estaban lejos de ser los mayores pecadores entre todos los que han habitado la tierra. Muchas de las leyes que se critican fueron promulgadas cuando había pocos o ningún miembro de otra denominación en el país. Estaban destinadas a proteger y sostener su propio orden eclesiástico y civil; y no a funcionar como decretos persecutorios u opresivos contra cristianos de otras sectas. También es cierto que la mayoría de las personas que se dice fueron perseguidas y oprimidas, no sufrieron tanto por sus opiniones religiosas, como por sus ofensas contra el estado. Algunos de ellos ultrajaron toda decencia y orden, y cometieron actos que, sin duda, hoy en día llevarían a un hombre a la cárcel, si no a un castigo más severo.
"Esto, según Winthrop, fue la base de la sentencia de destierro dictada contra Roger Williams. 'Él propuso y divulgó diversas opiniones nuevas contra la autoridad de los magistrados, y también escribió cartas difamatorias tanto de los magistrados como de las iglesias.'"—Historia de N. E. de Winthrop, edición de Savage, vol. 1, p. 167.
"Para un relato detallado de las causas por las que el señor Williams fue desterrado, véase la Historia de Massachusetts de Hutchinson, vol. 1, p. 41; los Viajes de Dwight, vol. 1, p. 142; Magnalia, vol. 2, p. 430. En cuanto a las leyes promulgadas posteriormente contra los bautistas y cuáqueros, ciertamente nadie puede justificarlas. Fueron opresivas e incorrectas. Pero que nadie reproche demasiado severamente la memoria de nuestros antepasados en este asunto, hasta estar seguro de que, en circunstancias similares, habría mostrado un carácter más tolerante.
"Se reconoce que fueron culpables; pero no concedemos que, en este caso, estuvieran solos, ni que merecieran toda la censura que se les ha dirigido. 'Leyes similares a las de Massachusetts se aprobaron en otros lugares contra los cuáqueros y también contra los bautistas, especialmente en Virginia. Si no se llevaron a cabo ejecuciones allí, no fue por moderación de la iglesia.'"—Jefferson Virg. Consulta, XVIII.
"Debe recordarse que la opinión predominante entre la mayoría de las sectas cristianas de aquella época era que la tolerancia era pecaminosa; tampoco debe olvidarse que los primeros cuáqueros en Nueva Inglaterra, además de hablar y escribir lo que se consideraba blasfemo, insultaban a magistrados y ministros, y perturbaban las asambleas religiosas; y que la tendencia de sus opiniones y prácticas era subvertir la república en el periodo de su infancia."—Anales Americanos de Holmes. Hutch. vol. 1, p. 180-9.
"Cabe añadir que, en Massachusetts, la ley que establecía que todos los cuáqueros que regresaran al estado después de ser desterrados debían ser castigados con la muerte, y bajo la cual se ejecutó a cuatro personas, encontró una gran y, al principio, exitosa oposición. Los diputados, que constituían la rama popular de la legislatura, la rechazaron en un primer momento; pero luego, tras reconsiderarla, coincidieron con los magistrados (quienes la propusieron originalmente), por una mayoría de solo uno."—Chr. Spect. 1830, p. 266.
"Los padres de Nueva Inglaterra soportaron dificultades increíbles para proveerse un hogar en el desierto; y para protegerse en el disfrute sin perturbaciones de derechos que habían adquirido a tan alto precio, a veces adoptaron medidas que, si se juzgaran por las ideas más ilustradas y liberales de la actualidad, deberían ser consideradas totalmente injustificables. Pero, ¿deben ser condenados sin piedad por no actuar conforme a principios que eran desconocidos y no reconocidos en toda la cristiandad? ¿Deben ser ellos los únicos responsables de opiniones y conductas que se habían vuelto sagradas por la antigüedad y que eran comunes a cristianos de todas las demás denominaciones? Todo gobierno existente entonces asumía el derecho de legislar en materia de religión y de restringir la herejía mediante estatutos penales. Este derecho era reclamado por los gobernantes, admitido por los súbditos, y está avalado por los nombres de Lord Bacon y Montesquieu, y muchos otros igualmente famosos por su talento y erudición. ¿Es entonces injusto 'cargar sobre una pobre secta perseguida los pecados de toda la cristiandad'? La falta de nuestros antepasados fue la falta de su época; y aunque esto no los justifica, ciertamente atenúa su conducta. Sería tan absurdo condenarlos por no conocer la navegación a vapor como por no comprender y practicar los principios de la tolerancia religiosa. Al mismo tiempo, es justo decir que, aunque su visión de los derechos de conciencia era imperfecta, estaban, sin embargo, muy adelantados a la época a la que pertenecían; y es a ellos, más que a cualquier otro grupo de hombres en la tierra, a quienes el mundo debe las ideas más racionales que hoy prevalecen sobre la libertad civil y religiosa."



