Segundo tratado sobre el gobierno civil · John Locke

Parte 7

Capítulo 7 de 16 · 14 min de lectura

Sección 94. Pero, por mucho que los aduladores hablen para entretener el entendimiento de las personas, esto no impide que los hombres sientan; y cuando perciben que algún hombre, sea cual fuere su posición, está fuera de los límites de la sociedad civil a la que pertenecen, y que no tienen apelación en la tierra contra cualquier daño que puedan recibir de él, tienden a considerarse a sí mismos en estado de naturaleza respecto de aquel a quien encuentran en tal situación; y procuran, tan pronto como pueden, obtener aquella seguridad y protección en la sociedad civil, para lo cual fue instituida en primer lugar, y por lo cual únicamente ingresaron en ella. Por eso, aunque quizá al principio (como se mostrará más adelante en la siguiente parte de este discurso) algún hombre bueno y excelente, habiendo alcanzado preeminencia entre los demás, recibiera tal deferencia a su bondad y virtud, como a una especie de autoridad natural, que la principal regla, con la facultad de arbitrar sus diferencias, por tácito consentimiento recayera en sus manos, sin otra precaución que la confianza que tenían en su rectitud y sabiduría; sin embargo, cuando el tiempo, otorgando autoridad y (como algunos quisieran persuadirnos) sacralidad a las costumbres que la inocencia descuidada y poco previsora de las primeras edades inició, trajo sucesores de otra índole, el pueblo, al ver que sus propiedades no estaban seguras bajo el gobierno tal como era entonces (siendo que el gobierno no tiene otro fin que la preservación de la propiedad), nunca pudo estar seguro ni en paz, ni considerarse en sociedad civil, hasta que el poder legislativo fue colocado en cuerpos colectivos de hombres, llámense senado, parlamento o como se prefiera. De este modo, cada persona individual quedó sujeta, en igualdad con los más humildes, a aquellas leyes que él mismo, como parte del legislativo, había establecido; ni podía nadie, por su propia autoridad, eludir la fuerza de la ley una vez promulgada; ni alegar, bajo ningún pretexto de superioridad, exención alguna para así permitir sus propios errores o los de sus dependientes. Ningún hombre en sociedad civil puede estar exento de sus leyes: porque si alguno puede hacer lo que le plazca, y no hay apelación en la tierra para reparación o protección contra cualquier daño que cause; pregunto si no está perfectamente aún en estado de naturaleza, y por tanto no puede ser parte ni miembro de esa sociedad civil; a menos que alguien quiera decir que el estado de naturaleza y la sociedad civil son una y la misma cosa, lo cual nunca he hallado que nadie, por muy defensor de la anarquía que sea, afirme.

(Al principio, cuando cierto tipo de régimen fue una vez establecido, puede ser que nada más se pensara entonces sobre la manera de gobernar, sino que todo se dejó a la sabiduría y discreción de quienes debían gobernar, hasta que por experiencia hallaron esto muy inconveniente en todos los aspectos, de modo que lo que habían ideado como remedio, en realidad aumentó el mal que debía curar. Vieron que vivir bajo la voluntad de un solo hombre se convirtió en la causa de la miseria de todos. Esto los obligó a recurrir a las leyes, en las que todos pudieran ver su deber de antemano y conocer las penas por transgredirlas. Hooker, Eccl. Pol. l. i. secc. 10.)

(La ley civil, siendo el acto de todo el cuerpo político, prevalece por tanto sobre cada una de las partes de ese mismo cuerpo. Hooker, ibid.)

CAPÍTULO VIII.

DEL ORIGEN DE LAS SOCIEDADES POLÍTICAS.

Sección 95. Los HOMBRES, siendo, como se ha dicho, por naturaleza, todos libres, iguales e independientes, nadie puede ser sacado de este estado y sometido al poder político de otro sin su propio consentimiento. La única manera en que alguien se despoja de su libertad natural y se somete a los lazos de la sociedad civil es acordando con otros hombres unirse y formar una comunidad para vivir entre sí de manera cómoda, segura y pacífica, disfrutando de sus propiedades con seguridad y con mayor protección frente a quienes no forman parte de ella. Esto puede hacerlo cualquier número de hombres, porque no perjudica la libertad de los demás; ellos permanecen como estaban en la libertad del estado de naturaleza. Cuando un número de hombres consiente en formar una comunidad o gobierno, quedan inmediatamente incorporados y forman un solo cuerpo político, en el que la mayoría tiene derecho a actuar y decidir por el resto.

Sección 96. Porque cuando un número de hombres ha formado, por el consentimiento de cada individuo, una comunidad, han hecho de esa comunidad un solo cuerpo, con poder para actuar como tal, lo cual solo es posible por la voluntad y determinación de la mayoría: pues lo que actúa en una comunidad es únicamente el consentimiento de sus individuos, y siendo necesario que aquello que es un solo cuerpo se mueva en una dirección, es necesario que el cuerpo se mueva hacia donde la mayor fuerza lo lleve, es decir, el consentimiento de la mayoría; de lo contrario, es imposible que actúe o continúe siendo un solo cuerpo, una comunidad, lo cual fue acordado por el consentimiento de cada individuo que se unió a ella; y así, cada uno está obligado por ese consentimiento a ser regido por la mayoría. Por eso vemos que en las asambleas facultadas para actuar por leyes positivas, donde no se fija un número por la ley positiva que les otorga poder, el acto de la mayoría pasa por el acto de la totalidad, y por tanto determina, teniendo por la ley natural y la razón el poder del conjunto.

Sección 97. Así, todo hombre, al consentir con otros en formar un solo cuerpo político bajo un gobierno, se obliga ante cada uno de esa sociedad a someterse a la determinación de la mayoría y a ser regido por ella; de lo contrario, este pacto original, por el cual él y otros se incorporan en una sociedad, no significaría nada y no sería un pacto, si quedara libre y sin más ataduras que las que tenía antes en el estado de naturaleza. ¿Qué apariencia tendría entonces de pacto? ¿Qué nuevo compromiso habría si no estuviera más atado por los decretos de la sociedad que lo que él mismo considerara conveniente y consintiera de hecho? Esto sería aún una libertad tan grande como la que tenía antes de su pacto, o como la que tiene cualquiera en el estado de naturaleza, quien puede someterse y consentir en cualquier acto si así lo desea.

Sección 98. Porque si el consentimiento de la mayoría no ha de ser, por razón, considerado como el acto del conjunto y obligar a cada individuo, nada más que el consentimiento de cada individuo puede hacer que algo sea el acto del todo: pero tal consentimiento es casi imposible de obtener, si consideramos las enfermedades y ocupaciones que, en un número mucho menor que el de una comunidad, necesariamente mantendrán a muchos alejados de la asamblea pública. Si a esto añadimos la variedad de opiniones y la contrariedad de intereses que inevitablemente ocurren en toda reunión de hombres, el ingreso a la sociedad en tales términos sería como la entrada de Catón al teatro, solo para salir de nuevo. Una constitución así haría que el poderoso Leviatán tuviera una duración menor que la de las criaturas más débiles, y no sobreviviría al día en que nació: lo cual no puede suponerse, a menos que pensemos que las criaturas racionales desean y constituyen sociedades solo para disolverlas; porque donde la mayoría no puede obligar al resto, allí no pueden actuar como un solo cuerpo y, en consecuencia, se disolverán de inmediato.

Sección 99. Por tanto, quienquiera que, saliendo del estado de naturaleza, se una en una comunidad, debe entenderse que cede todo el poder necesario para los fines por los cuales se une a la sociedad, a la mayoría de la comunidad, a menos que expresamente acuerden un número mayor que la mayoría. Y esto se logra simplemente acordando unirse en una sola sociedad política, que es todo el pacto que existe o que se necesita entre los individuos que ingresan o conforman una comunidad. Así, lo que inicia y constituye efectivamente cualquier sociedad política no es más que el consentimiento de cualquier número de hombres libres capaces de formar una mayoría para unirse e incorporarse en tal sociedad. Y esto es lo que, y solo lo que, dio o pudo dar origen a cualquier gobierno legítimo en el mundo.

Sección 100. Ante esto encuentro dos objeciones. Primera, que no se hallan ejemplos en la historia de un grupo de hombres independientes y iguales entre sí, que se hayan reunido y de esta manera hayan iniciado y establecido un gobierno.

Segunda, que es imposible, en justicia, que los hombres hagan esto, porque todos los hombres nacen bajo un gobierno, deben someterse a él y no tienen libertad para iniciar uno nuevo.

Sección 101. A la primera objeción se responde que no debe sorprendernos en absoluto que la historia nos ofrezca tan escaso testimonio de hombres que vivieron juntos en estado de naturaleza. Las incomodidades de esa condición y el amor y necesidad de la sociedad hacían que, en cuanto un número de ellos se reunía, se unieran e incorporaran de inmediato, si pretendían permanecer juntos. Y si no podemos suponer que los hombres hayan estado alguna vez en estado de naturaleza porque no tenemos muchos registros de ellos en tal estado, podríamos igualmente suponer que los ejércitos de Salmanasar o Jerjes nunca fueron niños, porque apenas oímos hablar de ellos hasta que fueron hombres y formaron ejércitos. El gobierno es anterior a los registros en todas partes, y las letras rara vez llegan a un pueblo hasta que una prolongada continuidad de sociedad civil, mediante otras artes más necesarias, ha provisto para su seguridad, comodidad y abundancia; y entonces empiezan a interesarse por la historia de sus fundadores y a indagar sobre su origen, cuando ya han perdido la memoria de ello: pues ocurre con las repúblicas lo mismo que con las personas particulares, suelen ignorar su propio nacimiento e infancia; y si saben algo de su origen, se lo deben a los registros accidentales que otros han conservado. Y los que tenemos sobre el inicio de cualquier sociedad política en el mundo, salvo la de los judíos, donde Dios mismo intervino directamente y que en nada favorece el dominio paternal, son todos ejemplos claros de un comienzo como el que he mencionado, o al menos muestran huellas manifiestas de ello.

Sección 102. Debe mostrar una extraña inclinación a negar hechos evidentes aquel que, porque no concuerdan con su hipótesis, no admite que el origen de Roma y Venecia fue la unión de varios hombres libres e independientes entre sí, entre quienes no existía superioridad o sujeción natural. Y si se puede tomar la palabra de Josephus Acosta, él nos dice que en muchas partes de América no existía ningún gobierno.

Hay grandes y evidentes conjeturas, dice él, de que estos hombres, refiriéndose a los del Perú, durante mucho tiempo no tuvieron ni reyes ni repúblicas, sino que vivieron en grupos, como lo hacen hoy en día en la Florida, los Cheriquanas, los de Brasil y muchas otras naciones, que no tienen reyes ciertos, sino que, según la ocasión, en paz o en guerra, eligen a sus capitanes como les parece, 1. i. c. 25.

Si se dice que allí todo hombre nacía sujeto a su padre o al jefe de su familia, ya se ha probado que la sujeción debida de un hijo a su padre no le quitaba la libertad de unirse a la sociedad política que considerara conveniente. Pero sea como fuere, es evidente que estos hombres eran realmente libres; y cualquiera que sea la superioridad que algunos políticos quieran ahora atribuirles, ellos mismos no la reclamaban, sino que, por consentimiento, todos eran iguales, hasta que por ese mismo consentimiento establecieron gobernantes sobre sí mismos. Así, sus sociedades políticas comenzaron todas por una unión voluntaria y el acuerdo mutuo de hombres que actuaban libremente al elegir a sus gobernantes y las formas de gobierno.

Sección 103. Y espero que se reconozca que quienes partieron de Esparta con Palanto, mencionados por Justino, 1. iii. c. 4., eran hombres libres e independientes entre sí, y que establecieron un gobierno sobre sí mismos por su propio consentimiento. Así he dado varios ejemplos, tomados de la historia, de pueblos libres y en estado de naturaleza, que al reunirse se incorporaron y formaron una república. Y si la falta de tales ejemplos es un argumento para probar que el gobierno no fue, ni pudo ser, así originado, supongo que los defensores del imperio paternal harían mejor en dejar ese argumento de lado, antes que usarlo contra la libertad natural: porque si pueden aportar tantos ejemplos históricos de gobiernos originados por derecho paternal, creo que (aunque el argumento de lo que ha sido a lo que debería ser no tiene mucha fuerza) uno podría, sin gran peligro, concederles la causa. Pero si pudiera aconsejarles, les sugeriría que no indagaran demasiado en el origen de los gobiernos, tal como han comenzado de hecho, no sea que encuentren, en la base de la mayoría de ellos, algo poco favorable al propósito que promueven y al poder que defienden.

Sección 104. Pero para concluir, siendo la razón clara de nuestro lado, al afirmar que los hombres son naturalmente libres, y mostrando los ejemplos históricos que los gobiernos del mundo que comenzaron en paz tuvieron su origen en ese fundamento y fueron establecidos por el consentimiento del pueblo, queda poco lugar para la duda, ni sobre dónde reside el derecho, ni sobre cuál ha sido la opinión o la práctica de la humanidad respecto a la primera instauración de los gobiernos.

Sección 105. No negaré que, si retrocedemos tanto como la historia nos lo permita hacia el origen de las repúblicas, generalmente las encontraremos bajo el gobierno y administración de un solo hombre. Y también me inclino a creer que, donde una familia era lo suficientemente numerosa para subsistir por sí sola y permanecía unida sin mezclarse con otras, como suele ocurrir donde hay mucha tierra y poca gente, el gobierno solía comenzar en el padre: pues el padre, por la ley natural, tenía el mismo poder que cualquier otro hombre para castigar, según considerara adecuado, cualquier ofensa contra esa ley, y así podía castigar a sus hijos transgresores, incluso cuando ya eran adultos y habían dejado la tutela; y era muy probable que ellos se sometieran a su castigo y todos se unieran a él contra el infractor, turnándose, dándole así poder para ejecutar su sentencia contra cualquier transgresión, y en efecto convertirlo en legislador y gobernante de todos los que permanecían unidos a su familia. Era el más digno de confianza; el afecto paternal aseguraba su propiedad e intereses bajo su cuidado; y la costumbre de obedecerle en la infancia facilitaba someterse a él antes que a cualquier otro. Si, por tanto, debían tener a alguien que los gobernara, ya que el gobierno es difícilmente evitable entre quienes viven juntos, ¿quién más adecuado que su padre común, salvo que la negligencia, crueldad u otro defecto de mente o cuerpo lo hiciera incapaz? Pero cuando el padre moría y dejaba a su heredero, por falta de edad, sabiduría, valor u otras cualidades, menos apto para gobernar; o cuando varias familias se reunían y consentían en permanecer juntas, no cabe duda de que usaban su libertad natural para elegir a quien juzgaban más capaz y apto para gobernar bien. De acuerdo con esto, encontramos que los pueblos de América, que (viviendo fuera del alcance de las espadas conquistadoras y la dominación de los dos grandes imperios de Perú y México) disfrutaban de su libertad natural, aunque, caeteris paribus, suelen preferir al heredero de su rey difunto; sin embargo, si lo consideran débil o incapaz, lo dejan de lado y eligen como gobernante al más fuerte y valiente.

Sección 106. Así, aunque retrocediendo hasta donde los registros nos permiten conocer la población del mundo y la historia de las naciones, comúnmente hallamos el gobierno en una sola mano, esto no destruye lo que afirmo, a saber: que el inicio de la sociedad política depende del consentimiento de los individuos para unirse y formar una sola sociedad; quienes, una vez incorporados, podían establecer la forma de gobierno que consideraran adecuada. Pero esto ha dado pie a que algunos se equivoquen y piensen que, por naturaleza, el gobierno era monárquico y pertenecía al padre; por lo que no estará de más considerar aquí por qué la gente, en los comienzos, generalmente optó por esta forma, la cual, aunque tal vez la preeminencia del padre pudo, en la primera institución de algunas repúblicas, dar origen y colocar al principio el poder en una sola mano, es claro que la razón que mantuvo la forma de gobierno en una sola persona no fue el respeto o consideración por la autoridad paternal; ya que todas las pequeñas monarquías, es decir, casi todas las monarquías en sus orígenes, han sido comúnmente, al menos en ocasiones, electivas.

Sección 107. Primero, entonces, al principio de las cosas, el gobierno del padre sobre la infancia de aquellos que de él provenían, habiéndolos acostumbrado a la autoridad de un solo hombre y enseñado que, cuando se ejercía con cuidado y destreza, con afecto y amor hacia los sometidos a ella, era suficiente para procurar y preservar a los hombres toda la felicidad política que buscaban en la sociedad. No es de extrañar que eligieran y naturalmente adoptaran esa forma de gobierno, a la que desde su infancia todos habían estado acostumbrados y que, por experiencia, habían encontrado tanto fácil como segura. Si a esto añadimos que la monarquía, siendo simple y la más evidente para los hombres, quienes ni la experiencia había instruido en formas de gobierno, ni la ambición o insolencia del poder los había enseñado a precaverse de los abusos de la prerrogativa o de los inconvenientes del poder absoluto, al que la monarquía hereditaria solía aspirar y traer consigo, no resulta en absoluto extraño que no se preocuparan mucho por idear métodos para restringir los excesos de aquellos a quienes habían otorgado autoridad sobre sí mismos, ni por equilibrar el poder del gobierno, distribuyendo varias partes del mismo en diferentes manos. No habían sentido la opresión de un dominio tiránico, ni la moda de la época, ni sus posesiones o forma de vida (que ofrecían poco motivo para la codicia o la ambición) les daban razón para temerlo o prevenirlo; y por ello, no es de extrañar que se organizaran en un tipo de gobierno que no solo, como he dicho, era el más evidente y simple, sino también el más adecuado a su estado y condición presentes; que requería más defensa contra invasiones e injurias extranjeras que una multiplicidad de leyes. La igualdad de un modo de vida sencillo y pobre, que limitaba sus deseos dentro de los estrechos límites de la pequeña propiedad de cada uno, generaba pocas controversias, y así, no había necesidad de muchas leyes para resolverlas, ni de variedad de funcionarios para supervisar el proceso o velar por la ejecución de la justicia, donde había pocos delitos y pocos infractores. Ya que aquellos que se agradan lo suficiente como para unirse en sociedad, no pueden menos que suponerse que tienen algún conocimiento y amistad entre sí, y cierta confianza mutua; no podían sino temer más a los extraños que a los suyos: y por tanto, su primer cuidado y pensamiento no podía ser otro que el de asegurarse contra la fuerza extranjera. Era natural que se organizaran bajo una forma de gobierno que mejor sirviera a ese fin, y eligieran al hombre más sabio y valiente para conducirlos en la guerra y guiarlos contra sus enemigos, y que principalmente en esto residiera su autoridad.

Sección 108. Así vemos que los reyes de los indios en América, que aún representan un modelo de las primeras edades en Asia y Europa, mientras los habitantes eran demasiado pocos para el territorio, y la escasez de gente y dinero no daba a los hombres tentación de ampliar sus posesiones de tierra ni de disputar por una mayor extensión de terreno, son poco más que generales de sus ejércitos; y aunque mandan de manera absoluta en la guerra, en casa y en tiempos de paz ejercen muy poco dominio y tienen una soberanía muy moderada, pues las decisiones de paz y guerra suelen estar ordinariamente en manos del pueblo o de un consejo. Aunque la guerra misma, que no admite pluralidad de gobernantes, naturalmente transfiere el mando a la autoridad exclusiva del rey.