El contrato social · Jean-Jacques Rousseau
Libro I, Cap. 4 — La esclavitud
Capítulo 5 de 50 · 7 min de lectura
Puesto que ningún hombre tiene autoridad natural sobre su semejante, y la fuerza no crea derecho, debemos concluir que las convenciones forman la base de toda autoridad legítima entre los hombres.
Si un individuo, dice Grocio, puede enajenar su libertad y hacerse esclavo de un amo, ¿por qué no podría un pueblo entero hacer lo mismo y someterse a un rey? En este pasaje abundan las palabras ambiguas que requerirían explicación; pero limitémonos a la palabra enajenar. Enajenar es dar o vender. Ahora bien, un hombre que se convierte en esclavo de otro no se da a sí mismo; se vende, al menos a cambio de su subsistencia: pero, ¿por qué se vende un pueblo? Un rey está tan lejos de proveer a la subsistencia de sus súbditos que obtiene la suya únicamente de ellos; y, según Rabelais, los reyes no viven de la nada. ¿Acaso los súbditos entregan sus personas con la condición de que el rey tome también sus bienes? No veo qué les queda por conservar.
Se dirá que el déspota asegura a sus súbditos la tranquilidad civil. De acuerdo; pero ¿qué ganan, si las guerras que su ambición les acarrea, su insaciable avidez y la conducta vejatoria de sus ministros los oprimen más de lo que lo harían sus propias disensiones? ¿Qué ganan, si la misma tranquilidad de la que gozan es una de sus miserias? La tranquilidad también se encuentra en las mazmorras; pero, ¿basta eso para hacerlas lugares deseables para vivir? Los griegos encerrados en la cueva del cíclope vivían allí muy tranquilos, mientras esperaban su turno para ser devorados.
Decir que un hombre se entrega gratuitamente es decir algo absurdo e inconcebible; tal acto es nulo e ilegítimo, por el solo hecho de que quien lo realiza ha perdido la razón. Decir lo mismo de un pueblo entero es suponer un pueblo de locos; y la locura no crea derecho.
Aun si cada hombre pudiera enajenarse a sí mismo, no podría enajenar a sus hijos: ellos nacen hombres y libres; su libertad les pertenece, y nadie más que ellos tiene derecho a disponer de ella. Antes de que lleguen a la edad de la razón, el padre puede, en su nombre, establecer condiciones para su conservación y bienestar, pero no puede entregarlos irrevocablemente y sin condiciones: tal donación es contraria a los fines de la naturaleza y excede los derechos de la paternidad. Por lo tanto, para legitimar un gobierno arbitrario, sería necesario que en cada generación el pueblo estuviera en condiciones de aceptarlo o rechazarlo; pero, si así fuera, el gobierno dejaría de ser arbitrario.
Renunciar a la libertad es renunciar a la calidad de hombre, a los derechos de la humanidad e incluso a sus deberes. Para quien lo renuncia todo, no es posible ninguna indemnización. Tal renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre; quitar toda libertad a su voluntad es quitar toda moralidad a sus actos. En fin, es una convención vacía y contradictoria la que establece, por un lado, una autoridad absoluta y, por el otro, una obediencia sin límites. ¿No es evidente que no podemos estar obligados hacia una persona de la que tenemos derecho a exigirlo todo? ¿No implica esta condición, en ausencia de reciprocidad o intercambio, la nulidad misma del acto? ¿Qué derecho puede tener mi esclavo contra mí, cuando todo lo que posee me pertenece, y, siendo su derecho mío, ese derecho mío contra mí mismo es una frase carente de sentido?
Grocio y los demás encuentran en la guerra otro origen para el llamado derecho de esclavitud. El vencedor, sostienen, tiene derecho a matar al vencido, y este puede rescatar su vida al precio de su libertad; y esta convención es tanto más legítima cuanto que es ventajosa para ambas partes.
Pero es evidente que ese supuesto derecho a matar al vencido no se deduce en modo alguno del estado de guerra. Los hombres, por el solo hecho de que, viviendo en su independencia primitiva, no tienen entre sí relaciones lo bastante estables como para constituir ni el estado de paz ni el de guerra, no pueden ser naturalmente enemigos. La guerra se constituye por una relación entre cosas, y no entre personas; y, como el estado de guerra no puede surgir de simples relaciones personales, sino solo de relaciones reales, la guerra privada, o guerra de hombre a hombre, no puede existir ni en el estado de naturaleza, donde no hay propiedad constante, ni en el estado social, donde todo está bajo la autoridad de las leyes.
Los combates individuales, duelos y encuentros, son actos que no pueden constituir un estado; mientras que las guerras privadas, autorizadas por los Establecimientos de Luis IX, rey de Francia, y suspendidas por la Paz de Dios, son abusos del feudalismo, en sí mismo un sistema absurdo si es que ha existido alguno, y contrario a los principios del derecho natural y a toda buena política.
La guerra, entonces, es una relación, no entre hombre y hombre, sino entre Estado y Estado, y los individuos son enemigos solo accidentalmente, no como hombres, ni siquiera como ciudadanos, sino como soldados; no como miembros de su país, sino como defensores del mismo. En suma, cada Estado solo puede tener por enemigos a otros Estados, y no a los hombres; pues entre cosas de naturaleza dispar no puede haber relación real.
Además, este principio está de acuerdo con las reglas establecidas en todos los tiempos y la práctica constante de todos los pueblos civilizados. Las declaraciones de guerra son advertencias menos a los poderes que a sus súbditos. El extranjero, sea rey, individuo o pueblo, que roba, mata o detiene a los súbditos sin declarar la guerra al príncipe, no es un enemigo, sino un bandido. Incluso en la guerra real, un príncipe justo, al apoderarse, en el país enemigo, de todo lo que pertenece al público, respeta la vida y los bienes de los individuos: respeta los derechos sobre los que se fundan los suyos propios. El objeto de la guerra es la destrucción del Estado hostil, y la otra parte tiene derecho a matar a sus defensores mientras portan armas; pero tan pronto como las depongan y se rindan, dejan de ser enemigos o instrumentos del enemigo, y vuelven a ser simplemente hombres, cuya vida nadie tiene derecho a quitar. A veces es posible destruir al Estado sin matar a uno solo de sus miembros; y la guerra no da ningún derecho que no sea necesario para alcanzar su objetivo. Estos principios no son los de Grocio: no se basan en la autoridad de los poetas, sino que se derivan de la naturaleza de las cosas y se fundan en la razón.
El derecho de conquista no tiene otro fundamento que el derecho del más fuerte. Si la guerra no da al vencedor el derecho de masacrar a los pueblos vencidos, el derecho de esclavizarlos no puede basarse en un derecho que no existe. Nadie tiene derecho a matar a un enemigo sino cuando no puede hacerlo esclavo, y el derecho de esclavizarlo no puede, por lo tanto, derivarse del derecho de matarlo. Es, pues, un intercambio injusto hacerle comprar, al precio de su libertad, una vida sobre la cual el vencedor no tiene derecho. ¿No es evidente que hay un círculo vicioso en fundar el derecho de vida y muerte en el derecho de esclavitud, y el derecho de esclavitud en el derecho de vida y muerte?
Aun suponiendo ese terrible derecho de matar a todos, sostengo que un esclavo hecho en la guerra, o un pueblo conquistado, no está obligado hacia un amo sino a obedecerle en la medida en que se vea forzado a hacerlo. Al tomar un equivalente por su vida, el vencedor no le ha hecho un favor; en vez de matarlo sin provecho, lo ha matado útilmente. Así que está lejos de adquirir sobre él alguna autoridad adicional a la de la fuerza, y el estado de guerra continúa subsistiendo entre ellos: su relación mutua es el efecto de ello, y el uso del derecho de guerra no implica un tratado de paz. En realidad, se ha hecho una convención; pero esta convención, lejos de destruir el estado de guerra, presupone su continuación.
Así, desde cualquier aspecto que se considere la cuestión, el derecho de esclavitud es nulo y sin valor, no solo por ser ilegítimo, sino también porque es absurdo y carece de sentido. Las palabras esclavo y derecho se contradicen y se excluyen mutuamente. Siempre será igualmente insensato que un hombre diga a otro hombre o a un pueblo: "Hago contigo una convención enteramente a tu costa y enteramente en mi beneficio; la cumpliré mientras me plazca, y tú la cumplirás mientras yo quiera."
Los romanos, que comprendían y respetaban el derecho de guerra más que cualquier otra nación sobre la tierra, llevaban sus escrúpulos en este asunto tan lejos que a un ciudadano no se le permitía servir como voluntario sin comprometerse expresamente contra el enemigo, y contra tal o cual enemigo en particular. Una legión en la que el joven Catón prestaba su primer servicio bajo las órdenes de Popilio fue reorganizada, y el viejo Catón escribió a Popilio que, si deseaba que su hijo continuara sirviendo bajo su mando, debía hacerle prestar un nuevo juramento militar, porque, al haberse anulado el primero, ya no podía portar armas contra el enemigo. El mismo Catón escribió a su hijo advirtiéndole que tuviera mucho cuidado de no entrar en combate antes de prestar este nuevo juramento. Sé que se pueden citar el sitio de Clusio y otros hechos aislados en mi contra; pero yo cito leyes y costumbres. Los romanos son el pueblo que menos veces transgredió sus leyes; y ningún otro pueblo ha tenido leyes tan buenas.



