The Choctaw Freedmen and the Story of Oak Hill Industrial Academy · Robert Elliott Flickinger

Sección 2. Los representantes serán distribuidos entre los distintos

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los estados de acuerdo con sus respectivos números, contando el número total de personas en cada estado, excluyendo a los indios no gravados. Pero cuando el derecho a votar en cualquier elección para la elección de electores para presidente y vicepresidente de los Estados Unidos, representantes en el Congreso, los funcionarios ejecutivos y judiciales de un estado, o los miembros de la legislatura de dicho estado, sea negado a cualquiera de los habitantes varones de tal estado, que tengan veintiún años de edad y sean ciudadanos de los Estados Unidos, o de alguna manera restringido, excepto por participación en rebelión u otro delito, la base de la representación en ese estado será reducida en la proporción que el número de tales ciudadanos varones guarde con el número total de ciudadanos varones de veintiún años de edad en ese estado.—(Ratificado el 28 de julio de 1868.)

Artículo XV. Sección I. El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar no será negado ni restringido por los Estados Unidos ni por ningún estado por motivo de raza, color o condición previa de servidumbre.