La fe de nuestros padres · James Gibbons

Capítulo XXVI.

Capítulo 27 de 32 · 39 min de lectura

EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA.

I. La Institución Divina del Sacramento de la Penitencia.

Toda la historia de Jesucristo está marcada por la misericordia y la compasión hacia la humanidad sufriente. Desde el momento de su encarnación hasta la hora de su muerte, cada pensamiento, palabra y acto de su vida divina estuvo dirigido a aliviar los males y miserias del hombre caído.

Apenas inicia su vida pública, va haciendo el bien a todos. Da vista a los ciegos, oído a los sordos, vigor a los miembros paralizados; aplica el bálsamo del consuelo al corazón herido y resucita a los muertos.

Pero, aunque Jesús se ocupó en aliviar las dolencias corporales, el principal objetivo de su misión fue liberar al alma de las ataduras del pecado. El mismo nombre de Jesús indica esta importante verdad: “Y le pondrás por nombre Jesús”, dice el ángel, “porque Él salvará a su pueblo de sus pecados”.

Pues si Jesús se hubiera limitado a curar las enfermedades de nuestro cuerpo sin atender las del alma, merecería, en verdad, ser llamado nuestro Médico, pero no los títulos más entrañables de Salvador y Redentor. Pero como el pecado era el mayor mal del hombre, y Jesús vino a librarnos de nuestros peores males, vino al mundo principalmente como el gran Absolvedor del pecado.

Magdalena parece tener conciencia de esto. Se arroja a sus pies, los lava con sus lágrimas y los seca con sus cabellos, mientras Jesús pronuncia sobre ella las palabras salvadoras de la absolución. Los mismos demonios reconocieron a Jesús como el enemigo del pecado, pues temían su presencia, sabiendo que los expulsaría de los cuerpos de los hombres.

Nuestro Señor da prioridad a la curación del alma sobre la del cuerpo. Cuando libra al cuerpo de sus enfermedades, su objetivo es ganar la confianza de los espectadores obligándolos a reconocerlo como el Médico del alma. Dice, por ejemplo, al paralítico: “Tus pecados te son perdonados”. Los escribas se ofenden con nuestro Salvador por atreverse a perdonar pecados. Él responde, en esencia: Si no creen en mis palabras, crean en mis obras; y de inmediato sana al hombre de su enfermedad. Después de curar al hombre que llevaba treinta y ocho años enfermo, le susurra esta suave advertencia: “No peques más, para que no te suceda algo peor”.

Así como nuestra sustancia espiritual supera a la carne que la rodea, así también nuestro Salvador valoraba mucho más la resurrección de un alma del sepulcro del pecado que la resurrección del cuerpo de la muerte. Por eso San Agustín señala que, mientras el Evangelio relata solo tres resurrecciones corporales, nuestro Señor, durante su vida mortal, resucitó a miles de almas a la vida de la gracia.

Como la Iglesia fue establecida por Jesucristo para perpetuar la obra que Él había comenzado, se deduce que la reconciliación de los pecadores con Dios debía ser la función principal de los ministros sagrados.

Pero aquí se presenta una cuestión importante: ¿Cómo debía obtener el hombre el perdón en la Iglesia después de la ascensión de nuestro Señor?

¿Iba Jesucristo a aparecer en persona ante cada alma pecadora y decir a cada penitente, como le dijo a Magdalena, “Tus pecados te son perdonados”, o pensaba delegar este poder de perdonar pecados a ministros designados para ese fin?

Sabemos bien que nuestro Salvador nunca prometió presentarse visiblemente ante cada pecador, ni lo ha hecho.

Por lo tanto, su plan debió ser designar ministros de la reconciliación para actuar en su nombre. Siempre ha sido, en efecto, la práctica del Dios Todopoderoso, tanto en la Antigua como en la Nueva Ley, facultar a agentes humanos para ejecutar sus designios misericordiosos.

Cuando Jehová decidió liberar a los hijos de Israel de la cautividad de Egipto, designó a Moisés como su libertador. Cuando Dios quiso que escaparan de la persecución de Faraón al cruzar el Mar Rojo, ¿intervino directamente? No; sino que, siguiendo sus instrucciones, Moisés levantó su mano sobre las aguas y éstas se dividieron al instante.

Cuando el pueblo moría de sed en el desierto, ¿Dios acudió visiblemente en su auxilio? No; sino que Moisés golpeó la roca, de la cual brotó agua al instante. Cuando Pablo, respirando amenazas contra los cristianos, iba camino a Damasco, ¿nuestro Salvador le devolvió personalmente la vista, lo convirtió y lo bautizó? No; lo envió a su siervo Ananías, quien le devolvió la vista y lo bautizó.

El mismo Apóstol describe hermosamente en una frase de su Epístola a los Corintios la disposición de la Divina Providencia en la reconciliación de los pecadores: “Dios”, dice, “nos reconcilió consigo por medio de Cristo, y nos confió el ministerio de la reconciliación... Así que somos embajadores de Cristo, como si Dios exhortara por medio de nosotros.” Es decir, Dios envía a Cristo para reconciliar a los pecadores; Cristo nos envía a nosotros. Somos sus embajadores, reconciliando a los pecadores en su nombre.

Cuando pienso en este tremendo poder que poseemos, felicito a los miembros de la Iglesia, para cuyo beneficio se confiere; y tiemblo por mí mismo y por mis compañeros ministros, pues terrible es nuestra responsabilidad, aunque no tenemos de qué gloriarnos. Cristo es la fuente viva de la gracia: nosotros no somos más que los canales por los que se transmite a sus almas. Cristo es el tesoro; nosotros solo los acémilas que lo transportan. “Llevamos este tesoro en vasos de barro.” Cristo es el pastor; nosotros, la flauta que Él usa para llamar a sus ovejas. Nuestras palabras en el confesionario no son más que el eco débil de la voz del Espíritu de Dios que purificó a los Apóstoles en el cenáculo de Jerusalén.

¿Pero tenemos autoridad evangélica para demostrar que nuestro Salvador confirió a los Apóstoles y a sus sucesores el poder de perdonar los pecados?

Tenemos el testimonio más positivo, y las palabras de nuestro Salvador al conferir este poder están expresadas en el lenguaje más claro, que no admite equívocos. En el Evangelio de San Mateo, nuestro Salvador se dirige así a Pedro: “Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia... Y a ti te daré las llaves del Reino de los Cielos, y todo lo que ates en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desates en la tierra quedará desatado en el cielo.”

Y a todos los Apóstoles reunidos en otra ocasión les dirige el mismo lenguaje enérgico: “Todo lo que ataren en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desataren en la tierra quedará desatado en el cielo.” El alma está encadenada por el pecado. Yo les doy poder, dice nuestro Señor, para liberar al alma penitente de sus pesadas cadenas y devolverle la libertad de hijo de Dios.

En el Evangelio de San Juan encontramos una declaración aún más impactante del poder de absolver que nuestro Salvador dio a sus Apóstoles.

Jesús, después de su resurrección, se dirige así a sus discípulos: “La paz sea con ustedes. Como el Padre me envió, así también yo los envío... Reciban el Espíritu Santo; a quienes les perdonen los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengan, les quedan retenidos.”

Esa paz que les doy, ustedes la impartirán a las almas arrepentidas como prenda de su reconciliación con Dios. El poder de absolver que tengo de mi Padre, ese mismo les comunico a ustedes. Reciban el Espíritu Santo, para que puedan impartir este Espíritu Santo a las almas poseídas por el espíritu del mal. “Si sus pecados son como la escarlata, quedarán blancos como la nieve; y si son rojos como el carmesí, quedarán blancos como la lana.” Si son tan numerosos como las arenas de la orilla del mar, serán borrados, siempre que vengan a ustedes con corazones contritos. La sentencia de misericordia que pronuncien en la tierra, yo la ratificaré en el cielo.

De estas palabras de San Juan saco tres conclusiones importantes:

Se deduce, primero, que el poder de perdonar no se restringió a los Apóstoles, sino que se extendió a sus sucesores en el ministerio para todos los tiempos y lugares. El perdón de los pecados debía continuar mientras existiera el pecado en el mundo; y como el pecado, ¡ay!, siempre estará en el mundo, así también el remedio para el pecado estará siempre en la Iglesia. El remedio coexistirá con la enfermedad. El poder que nuestro Señor dio a los Apóstoles para predicar, bautizar, confirmar, ordenar, etc., fue transmitido por ellos a sus sucesores. ¿Por qué no también el poder que recibieron para perdonar los pecados, siendo la mayor necesidad del hombre su reconciliación con Dios mediante el perdón de sus ofensas?

En segundo lugar, se deduce que el perdón de los pecados debía obtenerse ordinariamente solo a través del ministerio de los Apóstoles y sus sucesores, así como de ellos el pueblo debía recibir la palabra de Dios y la gracia del Bautismo. El poder de perdonar era una gran prerrogativa concedida a los Apóstoles. Pero, ¿qué clase de prerrogativa sería si las personas pudieran obtener siempre el perdón confesándose a Dios en secreto en sus habitaciones? ¡Cuán pocos recurrirían a los Apóstoles si pudieran obtener el perdón en condiciones más fáciles! Dios dice a sus ministros elegidos: Te doy las llaves de mi reino, para que distribuyas los tesoros de misericordia a los pecadores arrepentidos. Pero, ¿de qué serviría dar a los Apóstoles las llaves de los tesoros de Dios para el rescate de los pecadores, si cada pecador pudiera obtener su rescate sin acudir a los Apóstoles? Si yo te diera, querido lector, las llaves de mi casa, autorizándote a admitir a quien desees, para que participen de los bienes que contiene, concluirías que te he hecho un pequeño favor si descubrieras que todos poseen una llave privada y pueden entrar cuando quieran sin consultarte.

He dicho que el perdón de los pecados debe obtenerse ordinariamente a través del ministerio de los Apóstoles y sus sucesores, porque puede suceder que en ocasiones no se pueda contar con los servicios del ministro de Dios. Un Señor misericordioso no exigirá en esta circunstancia más que un sincero arrepentimiento por el pecado, unido al deseo de recurrir, tan pronto como sea posible, al tribunal de la Penitencia; pues las ordenanzas de Dios obligan solo a quienes pueden cumplirlas.

En tercer lugar, se deduce que el poder de perdonar los pecados, por parte del ministro de Dios, implica la obligación de confesarlos por parte del pecador. El sacerdote no está facultado para dar la absolución a todos indiscriminadamente. Debe ejercer el poder con juicio y discreción. Debe rechazar al impenitente y absolver al penitente. Pero, ¿cómo juzgará la disposición del pecador si no conoce sus pecados, y cómo conocerá el sacerdote sus pecados si no son confesados? Por eso, no nos sorprende cuando leemos en los Hechos que “muchos de los que habían creído venían confesando y declarando sus hechos” a los Apóstoles. ¿Por qué confesaban sus pecados si no estaban obligados a hacerlo? Por eso también entendemos por qué San Juan dice: “Si confesamos nuestros pecados, Él es fiel y justo para perdonarnos los pecados y limpiarnos de toda iniquidad.”

La fuerza de estos textos de la Escritura te parecerá mucho más contundente cuando sepas que todos los Padres de la Iglesia, desde el primero hasta el último, insisten en la necesidad de la Confesión Sacramental como una institución divina. No es raro que quienes poco conocen la doctrina y la historia de la Iglesia afirmen que la Confesión Sacramental no fue introducida en la Iglesia hasta mil doscientos años después de nuestro Salvador. Para defender su audaz afirmación, incluso presentan citas de San Basilio, San Ambrosio, San Agustín, San Jerónimo y San Juan Crisóstomo. Estas citas son totalmente irrelevantes; pero, si se ven en su contexto, tienden a probar, en vez de refutar, la doctrina católica de la Confesión. Por brevedad, citaré solo algunos pasajes de los Padres mencionados. Estas citas las tomo, casi al azar, de los abundantes escritos de estos Padres sobre la Confesión. De estos extractos puedes juzgar el sentir de todos los Padres sobre el tema de la Confesión. “Ab uno disce omnes.”

San Basilio escribe: “En la confesión de los pecados debe observarse el mismo método que al exponer las enfermedades del cuerpo; pues así como estas no se comunican imprudentemente a cualquiera, sino solo a quienes saben cómo pueden ser curadas, así la confesión de los pecados debe hacerse a personas que tengan el poder de aplicar un remedio.” Más adelante nos dice quiénes son esas personas. “Necesariamente, nuestros pecados deben ser confesados a aquellos a quienes se ha confiado la dispensación de los misterios de Dios. Así también actuaron quienes hicieron penitencia antiguamente respecto de los santos. Está escrito en los Hechos, que confesaban a los Apóstoles, por quienes también eran bautizados.” De estos pasajes de San Basilio se siguen dos conclusiones evidentes: Primero, la necesidad de la confesión. Segundo, la obligación de declarar nuestros pecados a un sacerdote a quien, en la Nueva Ley, se ha confiado “la dispensación de los misterios de Dios.”

San Ambrosio, de Milán, escribe: “El veneno es el pecado; el remedio, la acusación del propio delito: el veneno es la iniquidad; la confesión es el remedio de la recaída. Y, por tanto, es verdaderamente un remedio contra el veneno, si declaras tus iniquidades, para que seas justificado. ¿Te avergüenzas? Esta vergüenza de poco te servirá en el tribunal de Dios.”

El siguiente pasaje muestra claramente que el gran Luminar de la Iglesia de Milán habla de la confesión a los sacerdotes: “Hay algunos”, continúa San Ambrosio, “que piden la penitencia para ser restituidos de inmediato a la Comunión. Estos no desean tanto ser liberados como atar al sacerdote; pues no descargan su conciencia, sino que cargan la suya, quien tiene el mandato de no dar las cosas santas a los perros, es decir, de no admitir fácilmente a las almas impuras a la Sagrada Comunión.”

Paulino, el secretario de San Ambrosio, en su vida de ese gran Obispo, relata que solía llorar por los penitentes cuyas confesiones escuchaba.

San Agustín escribe: “Nuestro misericordioso Dios quiere que confesemos en este mundo para que no seamos confundidos en el otro.” Y también: “Que nadie se diga a sí mismo: hago penitencia a Dios en privado, lo hago ante Dios. ¿Es entonces en vano que Cristo haya dicho: ‘Todo lo que desatares en la tierra será desatado en el cielo’? ¿Es en vano que las llaves hayan sido dadas a la Iglesia? ¿Anulamos el Evangelio, anulamos las palabras de Cristo?”

En este extracto, ¡cuán bien refuta el gran Doctor la sofistería de quienes, en nuestros tiempos, dicen que basta con confesarse a Dios!

San Juan Crisóstomo, en su trigésima Homilía, dice: “¡He aquí! Ahora, por fin, hemos llegado al final de la Santa Cuaresma; ahora especialmente debemos avanzar en la carrera del ayuno, ... y presentar una confesión plena y precisa de nuestros pecados, ... para que con estas buenas obras, al llegar al día de Pascua, podamos gozar de la generosidad del Señor.... Porque, como el enemigo sabe que, habiendo confesado nuestros pecados y mostrado nuestras heridas al médico, alcanzamos una cura abundante, se opone a nosotros de manera especial.”

Nuevamente dice: “No me confieses solo la fornicación, ni aquellas cosas que son manifiestas ante todos los hombres, sino reúne también tus calumnias secretas y malas habladurías, ... y todas esas cosas.”

El gran Doctor ordena aquí claramente una confesión detallada y específica de nuestros pecados, no a Dios, sino a su ministro, como muestra evidentemente todo el contexto.

El mismo Padre, en un elocuente tratado sobre el poder del ministerio sagrado, usa las siguientes palabras: “A los sacerdotes se les da un poder que Dios no concedería ni a los ángeles ni a los arcángeles; de tal modo que lo que los sacerdotes hacen en la tierra, Dios lo ratifica en el cielo, y el Maestro confirma la sentencia de sus siervos. Porque Él dice: ‘A quienes les perdonen los pecados, les serán perdonados.’

¿Qué poder, pregunto, puede ser mayor que este? El Padre ha dado todo poder al Hijo; y veo todo ese mismo poder entregado a ellos por Dios el Hijo.

A los sacerdotes judíos solo se les concedía limpiar la lepra del cuerpo, o más bien, declarar limpia la lepra del cuerpo. Pero a nuestros sacerdotes se les concede el poder no de declarar curada la lepra del cuerpo, sino de limpiar absolutamente las manchas del alma.”

Y de nuevo: “Si un pecador, como le corresponde, utilizara la ayuda de su conciencia, y se apresurara a confesar sus crímenes y a descubrir su llaga a su médico, quien puede curar y no reprochar, y recibir de él remedios; si le hablara a él solo, sin que nadie más lo supiera, y con cuidado le expusiera todo, fácilmente enmendaría sus faltas; porque la confesión de los pecados es la absolución de los delitos.”

San Jerónimo escribe: “Si la serpiente, el diablo, muerde en secreto a un hombre y así lo infecta con el veneno del pecado, y este hombre permanece en silencio, y no hace penitencia, ni quiere dar a conocer su herida a su hermano y maestro; el maestro, que tiene una lengua que puede curar, no puede servirle fácilmente. Porque si el enfermo se avergüenza de exponer su caso al médico, no puede esperarse cura; pues la medicina no cura aquello que no conoce.”

En otro lugar dice: “Entre nosotros el Obispo o el sacerdote ata o desata—no a quienes son simplemente inocentes o culpables—sino que, habiendo escuchado, como exige su deber, las diversas cualidades del pecado, entiende a quién debe atar y a quién desatar.”

¿Podría expresarse la doctrina católica sobre el poder de los sacerdotes y la obligación de la confesión en términos más contundentes que estos?

¡Y sin embargo, estos son precisamente los Padres que se presentan como opuestos a la Confesión Sacramental! Con un temerario desprecio por la voz unánime de la antigüedad, nuestros adversarios tienen la osadía de afirmar que la confesión privada o sacramental fue introducida en un período posterior al siglo XII. Sin embargo, no se dignan informarnos por qué Papa, Obispo o Padre de la Iglesia, o por qué Concilio, o en qué país, se impuso esta monstruosa innovación en la República Cristiana. Seguramente, una institución que, en su opinión, ha acarreado tan terribles calamidades a la cristiandad, debería tener su origen señalado con mayor precisión. Sin embargo, a veces es prudente no ser demasiado minucioso al fijar fechas.

Ahora intentaré demostrar, para satisfacción del lector: Primero—Que la Confesión Sacramental no fue introducida. Segundo—Que no pudo haber sido introducida en la Iglesia desde los días de los Apóstoles y, en consecuencia, que es de origen apostólico.

Que la Confesión no fue inventada después de los días de los Apóstoles es evidente tan pronto como intentamos fijar el período de su primer establecimiento. Retrocedamos, paso a paso, desde el siglo XIX hasta el primero.

No tuvo su origen en el presente siglo, como todos admitirán.

Tampoco surgió en el siglo XVI, ya que el Concilio General de Trento, celebrado en esa época, habla de ella como una institución establecida y venerable, y Lutero dice que “la confesión auricular, tal como se practica ahora, es útil, es más, necesaria; ni quisiera yo”, añade, “que se aboliera, pues es el remedio de las conciencias afligidas”. Incluso Enrique VIII, antes de fundar una nueva secta, escribió un tratado en defensa de los Sacramentos, incluyendo la Penitencia y la Confesión.

No fue introducida en el siglo XIII, pues el IV Concilio de Letrán promulgó un decreto en 1215 obligando a los fieles a confesar sus pecados al menos una vez al año. Este decreto, por supuesto, supone que la Confesión ya era un hecho establecido.

Algunos escritores protestantes incurren en un error común al interpretar el decreto del Concilio de Letrán diciendo que “la confesión sacramental nunca fue requerida en la Iglesia de Roma hasta el siglo XIII”. El Concilio simplemente prescribió un límite más allá del cual los fieles no debían postergar su confesión.

Estos escritores parecen incapaces de distinguir entre una ley que nos obliga a cierto deber y un estatuto que fija el tiempo para cumplirlo. Sería como suponer que el funcionario de impuestos crea la ley sobre el pago de impuestos cuando emite un aviso exigiendo que se paguen en un plazo determinado.

Retrocediendo al siglo IX, vemos que la Confesión no pudo haber surgido entonces. Fue en ese período cuando surgió el cisma griego, bajo el liderazgo de Focio. La iglesia griega cismática ha permanecido desde entonces como una comunión separada de la Iglesia Católica, sin relaciones espirituales con nosotros. Ahora bien, la iglesia griega está tan firmemente apegada a la confesión privada como nosotros.

Por las mismas razones, la Confesión no puede datar su origen del siglo V o IV. Los arrianos se rebelaron de la Iglesia en el siglo IV, y los nestorianos y eutiquianos en el siglo V. Las dos últimas sectas aún existen en gran número en Persia, Abisinia y a lo largo de la costa de Malabar, y conservan la Confesión como una de sus prácticas más sagradas y apreciadas.

En fin, ninguna agencia humana podría haber logrado instituir la Confesión entre el primer y el cuarto siglo, pues las enseñanzas de nuestro Divino Redentor y de sus discípulos habían dejado una impresión demasiado vívida en la comunidad cristiana como para ser fácilmente borrada; y los peores enemigos de la Iglesia admiten que aún no había mancha ni arruga que deformara su hermoso rostro en esta, la edad de oro de su existencia.

Estas observaciones bastan para convencernos de que la Confesión Sacramental no fue instituida desde la época de los Apóstoles. Ahora intentaré demostrar, para su satisfacción, que su introducción en la Iglesia, desde la era apostólica, fue absolutamente imposible.

Hay dos formas en que podríamos suponer que el error podría insinuarse en la Iglesia, a saber: de manera repentina o por un proceso lento. Ahora bien, la introducción de la Confesión de cualquiera de esas formas fue simplemente imposible.

Primero, nada puede ser más absurdo que suponer que la Confesión fue impuesta de inmediato al mundo cristiano. La experiencia demuestra con cuánta lentitud y dificultad los hombres se desprenden de sus impresiones religiosas, sean verdaderas o falsas. Si esto es así con los individuos, cuán ridículo sería imaginar que naciones enteras adoptaran en un solo día algún artículo de fe que nunca antes habían admitido. Por lo tanto, no podemos imaginar, sin violentar nuestro buen sentido, que toda la buena gente de la cristiandad se acostara una noche ignorando el Sacramento de la Penitencia y despertara a la mañana siguiente como firmes creyentes en la doctrina católica de la confesión auricular. Sería como suponer que los ciudadanos de los Estados Unidos se acostaran creyendo que vivían bajo una República y despertaran convencidos de que estaban bajo el gobierno de la Reina Victoria.

Tampoco es menos absurdo suponer que la práctica de la Confesión fue introducida gradualmente. ¿Cómo podemos imaginar que los Padres de la Iglesia—los Clementes, los Leos, los Gregorios, los Crisóstomos, los Jerónimos, los Basilios y Agustines, esos intrépidos Sumo Sacerdotes del Señor, que en todas las épocas, a riesgo de persecución, exilio y muerte, han permanecido como fieles centinelas en las torres de vigilancia de Israel, defendiendo con ojos insomnes los límites de la ciudad de Dios ante el menor ataque—cómo podemos imaginar, digo, que permitirían que el enemigo de la verdad invadiera el mismo santuario del templo de Dios? Si eran tan vigilantes en cortar la más mínima rama marchita del error, ¿cómo se someterían dócilmente a ver injertado en el árbol fructífero de la Iglesia un exótico tan monstruoso?

Lo que da mayor peso a estas observaciones es la reflexión de que la Confesión no es una doctrina especulativa, sino una doctrina de lo más práctico, que influye en nuestras acciones, palabras y pensamientos diarios—un Sacramento al que miles de cristianos recurren constantemente en todas partes del mundo. Es, además, una doctrina dura para la carne y la sangre, y que ningún poder humano, aun si lo deseara, podría imponer a la humanidad. Solo Dios, en tal caso, podría exigir el homenaje de nuestro asentimiento.

Bajo cualquier luz que consideremos la cuestión presente—ya sea que tomemos en cuenta las circunstancias de tiempo, lugar o modo de su introducción—la misma conclusión inevitable se nos presenta: que la confesión sacramental no es invención del hombre, sino institución de Jesucristo.

Pero la doctrina de la absolución sacerdotal y la confesión privada de los pecados no se limita a las iglesias católica romana y oriental cismática. La misma doctrina es enseñada también por una parte numerosa e influyente de la Iglesia Protestante Episcopal de Inglaterra.

El Reverendo C. S. Grueber, clérigo de la Iglesia de Inglaterra, ha publicado recientemente un catecismo en el que se expone claramente el poder de absolver del ministro de Dios, así como la necesidad y ventaja de la confesión. Citaré las palabras textuales del libro del reverendo caballero:

Pregunta. ¿Qué entiende usted por absolución?

Respuesta. El perdón o remisión del pecado.

P. ¿Por qué ordenanza especial de Cristo se perdonan los pecados cometidos después del Bautismo?

R. Por el sacramento de la absolución.

P. ¿Quién es el ministro de la absolución?

R. Un sacerdote.

P. ¿Quiere decir que un sacerdote puede realmente absolver?

R. Sí.

P. ¿En qué lugar de la Sagrada Escritura se registra que Cristo dio este poder al sacerdocio?

R. En Juan xx, 23; véase también Mateo xviii, 18.

P. ¿Qué dice el libro de oraciones (o Libro de Oración Común)?

R. En el oficio para la ordenación de sacerdotes, se indica al obispo decir: “Recibe el Espíritu Santo para el oficio y obra de sacerdote en la Iglesia de Dios. A quienes perdones los pecados, les son perdonados.” En el oficio para la visita a los enfermos se dice: “Nuestro Señor Jesucristo ha dejado en su Iglesia poder para absolver a todos los pecadores que verdaderamente se arrepientan y crean en Él.” En el orden para la oración matutina y vespertina decimos nuevamente: “Dios Todopoderoso ha dado poder y mandato a sus ministros para declarar y pronunciar a su pueblo, estando arrepentidos, la absolución y remisión de sus pecados.”

P. ¿Con qué fin ha dado Cristo este poder a los sacerdotes para pronunciar la absolución en su nombre?

R. Para el consuelo del penitente; para tranquilizar su conciencia.

P. ¿Qué debe preceder a la absolución del penitente?

R. La confesión... Antes de la absolución dada en privado, debe hacerse confesión a un sacerdote en privado.

P. ¿En qué caso ordena la Iglesia de Inglaterra a sus ministros que inviten a las personas a la confesión privada, o, como se llama, auricular?

R. Cuando sienten su conciencia turbada por algún asunto grave.

P. ¿Qué es un asunto grave?

A. El pecado mortal, sin duda, es grave; también lo son los pecados de omisión o comisión de cualquier tipo que pesen en la conciencia. Cualquier cosa puede ser grave si causa escrúpulo o duda.

P. ¿En qué momentos en particular lo ordena así la Iglesia?

R. En tiempo de enfermedad y antes de acercarse a la Sagrada Comunión.

P. ¿Existe alguna otra clase de personas para quienes la confesión sea provechosa?

R. Sí; para aquellos que desean llevar una vida santa. De hecho, son estas personas quienes recurren a ella con mayor frecuencia.

P. ¿Hay algún otro objetivo en la confesión, además de buscar la absolución de los pecados pasados y tranquilizar la conciencia del penitente?

R. Sí; la práctica de confesar cada pecado en particular es un gran freno para la comisión de pecados y un preservativo de la pureza de vida.(457)

Aquí tenemos la institución divina de la absolución sacerdotal y la necesidad y ventaja de la confesión sacramental claramente enseñadas, no en un tratado especulativo, sino en un catecismo práctico, por un distinguido ministro de la Iglesia de Inglaterra; enseñadas por un ministro que recibe su salario de los fondos de la iglesia episcopal protestante; que predica y administra en un edificio reconocido como iglesia episcopal protestante, y que está en estricta comunión con un obispo de la Iglesia Episcopal Protestante de Inglaterra.

Y estas doctrinas son sostenidas, no solo por un eminente teólogo, sino por cientos de clérigos, así como por miles de episcopales protestantes de Inglaterra.

¡Qué extraño espectáculo contemplar a una misma iglesia enseñando doctrinas diametralmente opuestas! Lo que es ortodoxo en la diócesis de Bath y Wells es decididamente heterodoxo en la diócesis de Carolina del Norte. Una ordenanza que el reverendo señor Grueber proclama como de fe divina es caracterizada por el reverendísimo obispo Atkinson(458) como invención de los hombres. Lo que el doctor Grueber inculca como una práctica sumamente saludable, el doctor Atkinson lo condena como pernicioso para la religión. La confesión, que para el primero es un gran “freno para la comisión de pecados”, es estigmatizada por el segundo como incentivo al pecado. “¡Ved cuán bueno y cuán delicioso es que los hermanos habiten juntos en armonía!”(459)

Supongamos que el venerable obispo episcopal protestante de Carolina del Norte, al pasar por Inglaterra, fuera invitado por el reverendo señor Grueber a predicar en su iglesia por la mañana, y que el reverendísimo prelado eligiera como tema de su sermón la confesión; y supongamos que el reverendo señor Grueber seleccionara por la tarde, como tema de su discurso, la doctrina que él mismo expone en su catecismo.

Imaginemos a algún disidente desorientado asistiendo a la iglesia del señor Grueber en los servicios de la mañana y la tarde, con el propósito de ilustrarse sobre las enseñanzas de la iglesia protestante. ¿No estaría nuestro disidente sumamente perplejo, al regresar a casa por la noche, respecto a lo que realmente enseña la iglesia episcopal protestante?

Algunos episcopales se complacen en admitir que la confesión puede practicarse con provecho espiritual en ciertos casos anormales, por ejemplo, en tiempo de enfermedad. Así que, en su opinión, una práctica religiosa que es saludable para un enfermo resulta perniciosa para él estando sano. Por mi vida, no puedo comprender cómo las circunstancias de la salud corporal pueden afectar el carácter moral de un acto religioso.

Que un ministro de la iglesia bautista o metodista niegue el poder de la absolución sacerdotal lo comprendo fácilmente, ya que estas iglesias rechazan, en sus confesiones de fe, cualquier prerrogativa semejante para su clero. Pero no alcanzo a entender por qué un episcopal protestante habría de repudiar el poder de perdonar, que está claramente afirmado en su libro de oraciones oficial.

Cada vez que un obispo episcopal impone las manos sobre los candidatos al ministerio, emplea las siguientes palabras, que se encuentran en el Libro de Oración Común: “Recibe el Espíritu Santo para el oficio y obra de sacerdote en la Iglesia de Dios, que ahora te es confiado por la imposición de nuestras manos. A quienes perdones los pecados, les son perdonados; y a quienes se los retengas, les son retenidos.”(460) Si estas palabras no significan que el ministro recibe por la imposición de manos del obispo el poder de perdonar pecados, entonces no significan nada. Cuando el obispo pronuncia esta frase, o bien pretende transmitir ese poder de absolución, o no lo hace. Si pretendía conferir ese poder, no podría emplear un lenguaje más claro y preciso para expresar su idea; si no pretendía conferirlo, entonces su lenguaje induce a error.

Imaginen a ese prelado dirigiéndose a un candidato a las órdenes sagradas, por la mañana, con las palabras: “A quienes perdones los pecados, les son perdonados”; y después del servicio divino diciéndole al joven ministro: “Recuerde, señor, que usted no tiene poder para perdonar pecados. Las palabras de la ordenación son una mera figura retórica.”

Cuando un obispo católico ordena sacerdotes, usa las mismas palabras que he citado, porque el Libro de Oración Común las toma de nuestro Pontifical. Pero él quiere decir exactamente lo que dice, es decir: que el sacerdote recibe, por el ministerio del obispo, el poder de perdonar pecados.

En resumen: Hemos visto que el sacramento de la penitencia y la absolución por el sacerdote se enseñan en la Escritura, proclamados por los Padres, sostenidos no solo por los católicos romanos en todo el mundo, sino también por todos los cristianos cismáticos de Oriente. Se inculca en aquellas antiguas y genuinas ediciones del Libro de Oración Común, que no han sido debilitadas por la poda en este país, y la misma práctica es alentada por una parte influyente de la iglesia episcopal protestante en Inglaterra, y añadiré, también, en los Estados Unidos.

Por otro lado, algunos objetan la absolución sacerdotal bajo el supuesto de que el ejercicio de tal función sería una usurpación de una prerrogativa intransferible de Dios, quien solo puede perdonar pecados. Esta fue precisamente la objeción que los escribas dirigieron a nuestro Salvador. Exclamaron: “¡Blasfema! ¿Quién puede perdonar pecados sino solo Dios?”(461) Mi respuesta, por tanto, será igualmente aplicable a los objetores antiguos y modernos. No es blasfemia que un sacerdote reclame el poder de perdonar pecados, ya que actúa como delegado del Altísimo. Sería realmente blasfemo si un sacerdote pretendiera absolver en su propio nombre y por su propia autoridad. Pero cuando el sacerdote absuelve al pecador penitente, actúa en nombre y por la expresa autoridad de Jesucristo; pues dice: “Yo te absuelvo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo.” Que quede claro de una vez por todas que el sacerdote no se arroga poderes divinos. No es más que una voz débil. Es el Espíritu Santo quien obra la santidad en el alma del penitente.

No pocos episcopales protestantes, creo yo, aún admiten que el pecado original es lavado en el sacramento del bautismo. Si el ministro no incurre en blasfemia al ser instrumento de la misericordia de Dios, perdonando pecados por el bautismo, ¿cómo puede blasfemar un sacerdote al ser instrumento de la misericordia divina, absolviendo pecadores en el sacramento de la penitencia? El mismo Señor que instituyó el bautismo para la remisión del pecado original estableció la penitencia para el perdón de los pecados cometidos después del bautismo. ¿No ejercieron los apóstoles poder divino al resucitar cuerpos muertos a la vida, y al resucitar almas muertas a la vida de la gracia? Y sin embargo, nadie salvo los escribas y fariseos los acusó de usurpar los poderes de Dios. ¿No puede el Todopoderoso, sin menoscabo de su propia gloria, conceder a los hombres del siglo XIX privilegios que otorgó a los del primer siglo de la Iglesia?

Lejos de deshonrar a Dios, lo honramos al recurrir al médico terrenal que Él nos ha designado y, como la multitud en el Evangelio, “glorificamos a Dios, que ha dado tal poder a los hombres.”(462)

Otros objetan así: ¿Por qué confesar a un sacerdote, cuando puedes confesar a Dios en secreto? Yo replicaré preguntando, ¿por qué construir hermosos templos cuando puedes adorar a Dios en el gran templo de la naturaleza? ¿Por qué orar en la iglesia cuando puedes orar en tu habitación? ¿Por qué escuchar a un ministro exponiendo la Palabra de Dios cuando puedes leer el Evangelio en casa a tu antojo? Tú respondes que el Señor autoriza estas cosas. Así también autoriza la absolución sacerdotal. Esta objeción no es nueva. Es muy antigua.

San Agustín, que vivió hace mil cuatrocientos años, responderá a la objeción por mí: “Que nadie,” observa este ilustre Doctor, “se diga a sí mismo: Hago penitencia a Dios en privado; la hago ante Dios. ¿Es, entonces, en vano que Cristo haya dicho: ‘Todo lo que desaten en la tierra será desatado en el cielo’? ¿Es en vano que se hayan dado las llaves a la Iglesia?” La cuestión para nosotros no es lo que Dios puede hacer, sino lo que Él ha querido hacer. Dios pudo haber adoptado otros medios para la justificación del pecador, así como pudo haber creado un mundo diferente al actual. Pero nos corresponde a nosotros tomar la palabra de nuestro Padre y recurrir con gratitud al sistema que Él realmente ha establecido para nuestra justificación. Ahora bien, Su palabra infalible nos asegura que es recurriendo a Sus ministros consagrados como nuestros pecados serán perdonados.

Se relata en el Libro de los Reyes que Naamán, el sirio, sufría de una grave lepra que desafiaba la habilidad de los médicos de su país. Tenía en su casa a una sirvienta judía. Ella habló a su amo del gran profeta Eliseo, que vivía en su tierra natal, a quien el Señor había concedido el poder de hacer milagros. Ella rogó a su amo que consultara al profeta. Naamán, en consecuencia, partió hacia la tierra de Israel y suplicó a Eliseo que lo sanara. El profeta le dijo que fuera y se lavara siete veces en el Jordán; pero Naamán, en vez de hacer lo que se le indicó, se enojó mucho y dijo: “Yo pensaba que él saldría a verme, ... y tocaría con su mano el lugar de la lepra, y me sanaría. ¿Acaso no son los ríos Abaná y Farfar de Damasco mejores que todas las aguas de Israel, para que me lave en ellos y quede limpio?” Pero los siervos de Naamán le hicieron ver su error y le rogaron que cumpliera la orden del profeta, diciéndole que las condiciones eran fáciles y el Jordán estaba cerca. Naamán fue, se lavó y quedó limpio. Nuestros opositores, como Naamán, exclaman: “¿Por qué ir a un sacerdote, un pecador como tú, cuando en secreto, en tu propio cuarto, puedes acudir a Dios, la fuente pura de la gracia, para ser lavado de tus pecados?” Yo respondo: porque Jesucristo, un profeta y más que un profeta, te lo ha mandado.

La última acusación que mencionaré es la más grave y ofensiva. Se nos dice que la confesión privada es ilegal; que la conciencia pronto se vuelve “debilitada, encadenada y hambrienta” por ella, y, peor aún, que los pecados se cometen más fácilmente si después se recibe una absolución que concede el perdón; en otras palabras, que cuanto más apegados están los católicos a la práctica de su santa religión, más depravados y corruptos se vuelven. O bien, si permanecen fieles a Dios, no es por causa de sus ejercicios religiosos, sino a pesar de ellos.

Ciertamente, este no era el sentimiento del difunto Dr. Ives, quien fuera obispo protestante de Carolina del Norte, ni de muchos otros ilustres conversos que, desde el día de su conversión hasta la hora de su muerte, nunca dejaron de recibir consuelo y fortaleza del sagrado tribunal.

Tampoco es el sentimiento del Reverendo Padre Lyman, sacerdote católico de Baltimore y hermano del obispo protestante asistente de Carolina del Norte, ni de los actuales arzobispos de Baltimore y Filadelfia, de los obispos de Wilmington, Cleveland, Columbus y Ogdensburg, y de una multitud de otros, tanto del clero como de laicos protestantes, que en los últimos cincuenta años han ingresado a la Iglesia Católica.

Si comparamos los sistemas protestante y católico para el perdón de los pecados, el sistema católico no saldrá mal parado. Según el sistema protestante, el arrepentimiento es necesario y suficiente para la justificación. El sistema católico también exige el arrepentimiento del pecador como requisito indispensable para el perdón del pecado. Pero exige mucho más que esto. Antes de que el penitente reciba la absolución, debe examinar cuidadosamente su conciencia y confesar sus pecados, según su número y especie. Está obligado a tener un firme propósito de enmienda, a prometer restitución si ha defraudado a su prójimo, a reparar cualquier daño hecho a la reputación de su prójimo, a reconciliarse con sus enemigos y a evitar las ocasiones de pecado. ¿No ofrecen estas obligaciones una mejor salvaguarda contra la recaída en el pecado que un simple acto interior de contrición?

Muchos eminentes escritores protestantes e incluso incrédulos, que conocían el funcionamiento práctico del confesionario en los países en que vivían, dan testimonio de la reforma moral que produce. El famoso filósofo alemán Leibniz admite que es un gran beneficio concedido a los hombres por Dios el haber dejado en Su Iglesia el poder de perdonar los pecados.

Voltaire, ciertamente enemigo del cristianismo, declara “que quizá no haya institución más útil que la confesión”.

Rousseau, no menos hostil a la Iglesia, exclama: “¡Cuántas restituciones y reparaciones no causa la confesión entre los católicos!”

Las autoridades protestantes de Núremberg, en Alemania, poco después del establecimiento de las doctrinas reformadas en esa ciudad, se alarmaron tanto por la laxitud moral que siguió a la abolición de la confesión, que solicitaron a su emperador, Carlos V, que la restableciera.

Es costumbre favorita de los adversarios de la Iglesia Católica referirse a la supuesta laxitud moral que prevalece en Francia y en otros países católicos como prueba del inferior nivel de la moralidad católica. Este es un modo seguro y, al mismo tiempo, no muy honorable de atacar, ya que los pueblos de esas naciones están demasiado lejos para defenderse. Por mi parte, he pasado un tiempo considerable en varias regiones de Francia, y nunca he visto cristianos más edificantes que los que encontré en ese país. Durante seis años tuve como profesores a sacerdotes franceses, cuyas vidas ejemplares eran un sermón diario para todos los que los rodeaban.

Sostengo que la ciudad cosmopolita de París (dejando de lado, por ahora, las enormidades de las que se le acusa) no debe ser tomada como criterio justo de la moralidad francesa. Quedémonos en casa y juzguemos la moral católica por los ejemplos que tenemos ante nuestros ojos.

La influencia del confesionario ha sido debidamente probada en este país desde la fundación de nuestra República. ¿Están los católicos practicantes debilitados en su conciencia? ¿Está su conciencia encadenada y hambrienta? ¿La absolución que recibieron ha agudizado su apetito por el pecado? ¿Son monstruos de inmoralidad? Creo que un público protestante ilustrado emitirá un veredicto contrario.

Siento que puedo decir, con verdad, que los católicos que frecuentan el confesionario son generalmente virtuosos en su vida privada, justos y honorables en sus tratos con los demás, y que cultivan la caridad y la buena voluntad hacia sus conciudadanos.

No basta con responder que es el sistema, no el individuo, el que se ataca. ¿Cómo podemos juzgar un sistema si no es por su funcionamiento práctico en el individuo? “Por sus frutos los conocerán”, dice nuestro Redentor.

Ciertamente, debemos lamentar vicios entre ciertas clases de nuestro pueblo, que a menudo son inducidos por sus hábitos migratorios y su modo de vida irregular. Pero comúnmente son pecados de fragilidad, y estas no son las personas que suelen acercarse al confesionario. Si lo hicieran, sus vidas serían muy diferentes a lo que son.

¡Ay!, los mejores de nosotros no somos lo que deberíamos ser, considerando las gracias que recibimos. Pero si buscan hipócritas farisaicos, grandes defraudadores, autores de elaborados fraudes, de lujuria sistemática o de violencia premeditada, los buscarán en vano entre quienes frecuentan el confesionario.

Hay otra objeción que es difícil de erradicar. Muere con dificultad y, como el fantasma de Banquo, no desaparece. Si la expulsan de la ciudad, volará al pueblo. Si la expulsan del pueblo, se refugiará en la aldea. Si la echan de la aldea, se ocultará como un animal dañino en algún lugar desierto hasta que vuelva a hacer su ronda.

Me refiero a la acusación de que hay que pagar un precio para obtener el perdón de los pecados. “Basta con (dicen estos calumniadores) pagar cierto peaje en la puerta del confesionario, y puedes pasar la mayor carga de pecados.”

Es difícil tomar en serio estas objeciones. Llevo cincuenta años escuchando confesiones, y de todos los que han venido a mí, ninguno ha sentido el deber de ofrecerme compensación alguna por absolverlos, y esto es cierto para todo sacerdote que he conocido. La verdad es que el sacerdote que solicitara una tarifa por la absolución sabe que sería culpable de simonía y estaría sujeto a suspensión.

Pero se nos dice que la confesión es un yugo intolerable, que convierte a sus adeptos en esclavos de los sacerdotes.

Antes de responder a esta objeción, permítanme llamar su atención sobre la inconsistencia de nuestros adversarios, quienes soplan frío y caliente en un mismo aliento. Denuncian la confesión por ser un remedio demasiado duro para el pecado y la condenan, al mismo tiempo, por ser un camino fácil al cielo. En una frase la califican de lecho de rosas; en la siguiente, de lecho de espinas.

En una objeción anterior se afirmó que los adeptos de la confesión no tenían ninguna restricción moral. Ahora se dice que su conciencia está encadenada en esclavitud. Seguramente, la confesión no puede ser difícil y fácil al mismo tiempo.

Ya he refutado, confío, la primera acusación. Ahora responderé a la segunda. No tengo conocimiento de en qué sentido nuestra gente es menos independiente que cualquier otro grupo de la comunidad. La única restricción, hasta donde sé, que los sacerdotes imponen a los católicos es el yugo del Evangelio, y a esta restricción ningún cristiano debería oponerse. En mi opinión, ningún grupo de cristianos goza de mayor libertad apostólica que los de la comunión católica, porque se guían en su conducta, no por el siempre cambiante ipse dixit de cualquier ministro, sino por las enseñanzas inmutables de la Iglesia de Jesucristo.

Pero si amar a su sacerdote, reverenciar su carácter sagrado, obedecer su voz como la voz de Dios; si estar dispuestos a hacer cualquier sacrificio por su padre espiritual; si, digo, a esto lo llaman esclavitud, entonces nuestro pueblo católico es realmente esclavo, y, más aún, está contento con sus cadenas.

Incluso nuestros manuales de devoción no han escapado al látigo de la crítica caprichosa. Han suscitado el piadoso horror de algunos fariseos modernos porque contienen una tabla de pecados para el uso de quienes se preparan para la confesión. La misma flor que da miel a la abeja provee veneno a la avispa; y, de igual manera, el mismo libro que ofrece solo la miel del consuelo al lector devoto no tiene más que veneno moral para quienes buscan en sus páginas otra cosa.

¿Cómo puede alguien objetar la tabla de pecados en nuestros libros de oración y, al mismo tiempo, abogar por la circulación de la Biblia, que contiene referencias incomparablemente más claras y palpables a crímenes graves que las que se encuentran en nuestros libros de devoción? No olvidemos el adagio: “Honi soit qui mal y pense.”

Se me permitirá, para concluir este tema, añadir el testimonio de mi propia experiencia sobre la benéfica influencia del confesionario; porque, como mis hermanos en el ministerio, soy, en palabras de Dryden,

“Uno criado apartado del bullicio del mundo, Para estudiar las almas, sus curas y sus enfermedades.”

Desde el momento de mi ordenación hasta la hora presente he estado acostumbrado a escuchar confesiones casi todos los días. Por lo tanto, he tenido una oportunidad justa de comprobar el valor del “sistema”. Las impresiones que se han impuesto en mi mente, lejos de ser peculiares a mí, son compartidas por todo sacerdote católico en el mundo encargado del cuidado de las almas. El testimonio de diez confesores experimentados debería, en mi opinión, tener más peso para ayudar a juzgar las tendencias morales del confesionario que las afirmaciones gratuitas de mil individuos que no tienen experiencia personal en él, pero que extraen sus declaraciones de su imaginación exaltada o de las páginas de novelas sensacionalistas.

Mi experiencia es que el confesionario es la palanca más poderosa jamás erigida por un Dios misericordioso para levantar a los hombres del fango del pecado. Tiene más peso para apartar a la gente del vicio que incluso el púlpito. En los sermones públicos esparcimos la semilla de la Palabra de Dios; en el confesionario cosechamos la cosecha. En los sermones, usando una frase militar, el fuego es al azar, pero en la confesión es un tiro certero. Las palabras del sacerdote llegan al corazón del penitente. En un discurso público el sacerdote se dirige a todos en general, y sus palabras de amonestación pueden ser aplicables a muy pocos de sus oyentes. Pero sus palabras pronunciadas en el confesionario están dirigidas exclusivamente al penitente, cuyo corazón está abierto para recibir la Palabra de Dios. El confesor exhorta al penitente según sus necesidades espirituales. Le advierte sobre la frecuencia de compañías peligrosas y otras ocasiones de pecado, o le recomienda prácticas especiales de piedad acordes a sus necesidades.

Por eso los misioneros suelen estimar el fruto de una misión más por el número de penitentes que se han acercado al sagrado tribunal que por la cantidad de personas que han escuchado sus sermones.

De todas las labores que nuestro ministerio sagrado nos impone, no hay ninguna más ardua ni más pesada que la de escuchar confesiones. Si se me permite una revelación personal, postergué la recepción de las Órdenes Sagradas durante dos años, por el sentido de la enorme responsabilidad vinculada al confesionario. No es tarea menor sentarse seis u ocho horas consecutivas en un caluroso día de verano, escuchando historias de pecado, dolor y miseria. Solo la conciencia del inmenso bien que realiza sostiene al confesor en el sagrado tribunal. Es uno “que puede compadecerse de los ignorantes y extraviados, porque él mismo está rodeado de debilidades.”

He visto al hombre cuya conciencia estaba agobiada por los pecados acumulados de veinte inviernos. En su rostro estaban marcados la culpa y la vergüenza, el remordimiento y la confusión. Allí estaba, junto al confesionario, con el rostro abatido, avergonzado, como el publicano, de mirar al cielo. Se deslizó hacia el pequeño asiento de la misericordia. Ningún oído humano sabrá jamás lo que allí ocurrió. Las revelaciones del confesionario son un libro sellado.

Pero durante el breve tiempo pasado en el confesionario ocurrió una resurrección más milagrosa que la resurrección de Lázaro del sepulcro: fue la resurrección del sepulcro del pecado de un alma que había yacido por mucho tiempo carcomida. Durante esos preciosos momentos, un rayo del cielo disipó la oscuridad y la tristeza de la mente de ese autoacusador. El calor benéfico del Espíritu Santo derritió su corazón helado, y la influencia purificadora del mismo Espíritu que descendió sobre los Apóstoles, “como un viento poderoso del cielo”, dispersó la atmósfera venenosa en la que vivía y llenó su alma de gracia divina. Cuando salió, había ligereza en su paso, alegría en su rostro, una nueva luz en sus ojos. Si le hubieras preguntado por qué, habría respondido: “Porque estaba perdido y he sido hallado. Habiendo estado muerto, he vuelto a la vida.”

II. Sobre la moralidad relativa de los países católicos y protestantes.

Se ha afirmado seriamente que la confesión del pecado y la doctrina de la absolución tienden a la propagación del crimen y la inmoralidad. Se presentan estadísticas para mostrar que el asesinato y los nacimientos ilegítimos son mucho más frecuentes en los países bajo influencia católica, y que esta prevalencia de maldad es el resultado de la confesión y la absolución fácil.

Si nuestro sistema de absolver solo a quienes se arrepienten y confiesan conduce a la laxitud moral, ¿cuánto más el sistema protestante, que omite lo más humillante y admite al pecador a la reconciliación solo bajo la condición de disposiciones interiores? Como enseñan todos nuestros catecismos, y como sabe todo católico, no hay perdón de los pecados sin dolor de corazón y propósito de enmienda. Es un gran error suponer que el católico más ignorante cree que puede obtener el perdón de sus pecados simplemente confesándolos sin estar verdaderamente arrepentido de ellos. La estima que tantos protestantes tienen por la virtud incluso de las clases más bajas de los católicos romanos se evidencia claramente en la preferencia que manifiestan constantemente al emplear católicos—católicos practicantes—católicos que se confiesan. Sostengo, por lo tanto, que la confesión, lejos de ser un incentivo para pecar, como nuestros adversarios se atreven a afirmar, es un freno poderosísimo a la depravación de los hombres y un preventivo muy eficaz de sus excesos criminales.

Pero, ¿es cierto que los crímenes, especialmente el asesinato y la ilegitimidad, son más frecuentes en los países católicos que en los protestantes? Niego rotundamente la afirmación, y también recurro a las estadísticas para respaldar mi negación. ¿De dónde obtienen nuestros oponentes su información? Pues bien, del “Nights Among Romanists” del reverendo M. Hobart Seymour y de compilaciones similares absolutamente poco confiables, cuyas afirmaciones falsas han sido refutadas una y otra vez.

El reverendo señor Seymour da la siguiente lista del número de asesinatos en Inglaterra, Francia e Irlanda:

Irlanda: 19 homicidios por millón de habitantes Francia: 31 Inglaterra: 4

El lector de lo anterior bien podría retroceder asombrado y exclamar: “¡Verdaderamente moral la atmósfera de Inglaterra!” Pero, ¿cómo se comparan estas afirmaciones con los registros oficiales que presento al lector imparcial? Los informes recientes del “Hand-Book” para Francia y del “Thom’s Official Directory for England and Ireland, 1869”, son los siguientes:

Condenas (y Ejecuciones. sentencias de muerte). 1864.—Francia 9 5 1867.—Inglaterra y 27 10 Gales Irlanda 3 0

Estas cifras, que provienen de fuentes fidedignas, no respaldan a nuestros acusadores en su afirmación de que los asesinatos son más frecuentes en los países católicos que en los protestantes. Las estadísticas sobre este delito son limitadas, o no están muy difundidas. Pero contamos con información más amplia respecto a otro gran delito que, se afirma, prevalece en una medida mucho más alarmante en los países bajo influencia católica, a saber, la ilegitimidad. Una vez más, presentaremos estadísticas para contrarrestar las declaraciones injustas. No queremos que se entienda que abogamos por la inmaculabilidad de las comunidades católicas. Admitimos francamente y deploramos sinceramente los desórdenes que cometen los católicos, pero negamos que sean peores que los de sus vecinos protestantes; y aún más enfáticamente negamos que la Iglesia sea responsable de sus desórdenes.

El Journal of the Statistical Society of London, de los años 1860, 62, 65 y 67, da el número de nacimientos ilegítimos en Inglaterra y Gales como seis y medio por cada cien, mientras que en el reino católico de Cerdeña la cifra es ligeramente superior a dos por cada cien, y en Irlanda tres por cada cien. Si el índice de ilegitimidad es un indicador correcto de la moralidad de un país, ¡qué reconfortante resulta pasar de la protestante Inglaterra a la católica Irlanda o cruzar al continente y visitar Cerdeña! El ambiente moral de estos países, comparado con el de Inglaterra, debe ser como una brisa saludable frente a un pantano pestilente.

Para que podamos ver de un vistazo la verdadera situación de los países europeos respecto a este tipo de delito, incluiré aquí una tabla lo más precisa posible basada en los informes más recientes. (Véase Catholic World, Vol. XI, p. 112.)

Porcentaje de ilegitimidad en países protestantes y católicos de Europa.

Protestantes. Porcentaje. Holanda 4.0 Suiza 5.5 Prusia (protestante) 10.0 Inglaterra y Gales 6.5 Suecia y Noruega 9.6 Escocia 10.1 Dinamarca 11.0 Estados Alemanes 14.8 Wurtemberg 16.4

Católicos. Italia 5.1 España 5.5 Francia 7.2 Prusia (católica) 6.5 Bélgica 7.2 Austria 11.1 Irlanda 3.0

Hemos dividido Prusia en protestante y católica porque las estadísticas se mantienen según la confesión religiosa de la población; y descubrimos que, mientras en la parte católica del imperio el porcentaje de nacimientos ilegítimos es solo de seis y medio, entre los protestantes asciende al diez por ciento. Y la misma observación es aplicable a Irlanda.

El Scotman, cuyas afirmaciones se basan en el informe del British Registrar-General, publica las siguientes estadísticas:

“La proporción de nacimientos ilegítimos respecto al total de nacimientos es en Irlanda del 3.8 por ciento; en Inglaterra la proporción es del 6.4; en Escocia del 9.9; en otras palabras, Inglaterra es casi el doble, y Escocia casi el triple, peor que Irlanda. Hay algo peor que añadir, de lo cual no puede derivarse consuelo alguno. La proporción de ilegitimidad está distribuida de manera muy desigual en Irlanda, y la desigualdad resulta algo humillante para nosotros como protestantes, y aún más como presbiterianos y escoceses. Tomando Irlanda según las divisiones de registro, la proporción de nacimientos ilegítimos varía de 6.2 a 1.3. La división que muestra la cifra más baja es la occidental, que corresponde sustancialmente a la provincia de Connaught, donde aproximadamente diecinueve veinteavos de la población son celtas y católicos romanos. La división que muestra la proporción más alta de ilegitimidad es la nororiental, que comprende, o casi consiste en, la provincia de Ulster, donde la población está casi igualmente dividida entre protestantes y católicos romanos, y donde la gran mayoría de los protestantes son de sangre escocesa y de la iglesia presbiteriana. En resumen, la Ulster semi-presbiteriana y semi-escocesa es tres veces más inmoral que la Connaught completamente papista y completamente irlandesa, lo que corresponde con asombrosa exactitud al hecho más general de que Escocia, en su conjunto, es tres veces más inmoral que Irlanda en su conjunto.”

También es digno de notar que, en la tabla presentada arriba, el porcentaje de ilegitimidad en Holanda y Suiza, donde existen importantes minorías católicas, es menor que en cualquier otro país protestante.

Contamos con pruebas, proporcionadas por escritores protestantes, de las horribles inmoralidades de ciertas naciones europeas que están más profundamente protestantizadas que la propia Inglaterra. Así, el señor Laing escribe: “De los 2,714 niños nacidos en Estocolmo, 1,577 eran legítimos, 1,137 ilegítimos; lo que deja solo un saldo de 440 madres castas de 2,714; y la proporción de hijos ilegítimos respecto a los legítimos no es de uno a dos y tres décimos, sino de uno a uno y medio.”—Un viaje por Suecia en 1838.

Pero no estamos dispuestos a exhibir estos vicios monstruosos, sin importar quién los cometa. Los mencionamos con sentimientos de vergüenza, no de placer; y les damos una mención pasajera únicamente en defensa propia frente a las afirmaciones gratuitas de nuestros adversarios. Ciertamente no deseamos excusar ni paliar las malas acciones de los católicos, quienes, con todas las bendiciones que su religión les ofrece, deberían ser mucho mejores de lo que son. Sin embargo, añadiremos, citando las palabras de Catholic World: “Si no somos mucho mejores que nuestros vecinos, tampoco somos peores; y no se nos debe perseguir con el grito de vicio e inmoralidad por un grupo de fariseos que constantemente alaban su propia superioridad y agradecen a Dios por ser mucho mejores que nosotros, pobres católicos.”